DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: acuerda el procedimiento ordinario de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE BERROTERAN URBINA, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 28 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de ERAMOS BERROTERAN Y ROSALBA URBINA, titular de la cédula de identidad No. V-11.637.030, residenciado en: Callejón el triunfo, casa Nª 22, El Brillante, Maiquetía., todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera aprehendido en fecha 27 de febrero de 2003,por la presunta comisión del delito de . Estafa Agravada, previsto y sancionado en los artículos 460, 278 y 219 ordinal 1ª del Código Penal,
Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión

LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA

Abg. JUDITH NIETO
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA

Abg. JUDITH NIETO
Causa N° 1C-3222-03