DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, DECLARA SIN LUGAR la solicitud presentada por los ciudadanos RAMIREZ DAUER EMILIO, de nacionalidad venezolano, natural de la Guaira, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 30-10-79, de estado civil soltero profesión u oficio oficial de policía, hijos de AMAERICA PUCHILUPI (v) y PEDRO RAMIREZ (v), titular de la cédula de identidad No. V- 15.779.268, residenciado en Vista Al mar, parte alta, sector la Jungla, casa N° 16, parroquia Catia La Mar, Estado Vargas y TOVAR HUMBERTO AMADO, de nacionalidad venezolano, natural de la Guaira, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 11-02-81, de estado civil soltero, de profesión u oficio oficial de policía hijo de MIRIAM TOVAR (v) y AMADO TOVAR (V), residenciado en La Soublette, parte alta, José Félix Rivas, sector bello horizonte, parroquia Catia La mar, estado Vargas, titular de la Cédula de identidad N° V- 15.544.518, y en consecuencia, NIEGA la sustitución de la medida de privación judicial de Libertad por una Medida Cautelar Sustitutiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECLARA.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y notifíquese a las partes.
En Maiquetía, a los catorce días del mes de febrero de dos mil tres.
LA JUEZ
DRA. PATRICIA SALAZAR LOAIZA.
EL SECRETARIO
ABG. DOMENICO RUSSO.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado.
ELSECRETARIO
ABG. DOMENICO RUSSO
2C-3191-02
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