DISPOSITIVA

En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Impone al ciudadano ROJAS RODRÍGUEZ LUIS, de Nacionalidad Venezolano, Natural de Caracas, fecha de nacimiento 12-01-1982, edad 21 años, estado civil Soltero, profesión u oficio Supervisor de Seguridad en una Discoteca llamada Ultra club y Asistente de servicio en inversiones Gumarti, hijo (a) de Isbelia Maria Rodríguez de Sánchez (v) y de Leopoldo José Rojas (f), Titular de la Cedula de Identidad Numero:15.780.298 y residenciada Urbanización Playa Grande Calle 6, Quinta Judit, Catia La Mar, Estado Vargas, la medida prevista en el articulo 256 en su ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación por ante este despacho cada quince días, y SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en el articulo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ


Dr. AMBIORIX POLANCO PEREZ
EL SECRETARIO


ABG. LENIN DEL GUIDICE


En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

EL SECRETARIO


ABG. LENIN DEL GUIDICE

Causa penal 3C-3011-03