DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al imputado JAIRO ERNESTO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad No. 16.726.489, de 39 años de edad, nacido en fecha 14-12-63, detenido en fecha 17 de Enero de 2003, residenciado en el Barrio Simetaca, Callejón 2, Casa s/n, Montesano, Estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 concatenado con el artículo 256 ordinal 8° ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese la presente decisión. En Maiquetía, a los DIEZ Y OCHO (18) días del mes de Febrero de 2003.
EL JUEZ
DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
En esta misma fecha se da cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
Causa 5C-3320-03
Dr. AOUM/Jn/
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