DISPOSITIVA

Con base en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite la solicitud formulada por la Fiscalía del Ministerio Publico del Estado Vargas en cuanto a la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO establecido en él articulo 373 Y 280 del Código Orgánico Procesal Penal por considerar que existen elementos de convicción en actas, asimismo, la aprehensión fue en flagrancia de conformidad con el articulo 248 ejusdem. SEGUNDO: En cuanto a la medida de privación solicitada por la Fiscalía este Tribunal así la acoge y DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos LUIS CARLOS MACIA, Decadactilar No. i3CAb-5258531373, nacionalidad colombiana, natural de Baraya, de 54 años de edad, nacido el 09-02-1948, de estado civil Casado, de profesión u oficio Cafetero, de Cédula de Identidad colombiana N° 12.096.768 residenciado en: Bogota, calle 44,A-7310 y ELVIS DELGADO, Titular de la Decadactilar No. aAAAb-5887528883, de nacionalidad colombiana, natural de Neiva, residenciado en carretera 85B, 933, natural de Neiva, nacido el 24-10-1964, de 37 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Soldador Mecánico, titular de la Cédula de identidad colombiana N° 79.323.844,de conformidad con el articulo 373 concatenado con los artículos 250 y 251 todos del Código Orgánico Procesal Penal y la precalificación de los delitos interpuesta por la Fiscalía del Ministerio Publico son Uso de Actos Falsos, Alteración de Pasaporte, Uso de Pasaporte Alterado y Falsa Atestación ante Funcionario Público, previstos y sancionados en los artículos 323 con 320, 327 ordinales 2 y 3, 321 del Código Penal TERCERO: Líbrese oficio a la Dirección General de Identificación y Extranjería, División de Investigaciones a los fines de que sean trasladados los ciudadanos LUIS CARLOS MACIAS Y ELVIS DELGADO, a la Casa de Reeducacion y Rehabilitación del Recluso, Internado Judicial La Planta.

Publíquese, regístrese, diarícese y déjense copias de la presente decisión. En Maiquetía a los VEINTITRES (23) días de Febrero de 2003. Cúmplase.

EL JUEZ

DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN

EL SECRETARIO

ABG. FELIX NAVARRO

En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.


EL SECRETARIO

ABG. FELIX NAVARRO

Causa N° 5C-3598-03
AOUM/