REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 26 de Febrero de 2003.
192° y 143°
Visto el anterior libelo de demanda, así como la diligencia suscrita por la abogado SALVADORA FAJARI, asistida por el abogado EDUVIN GONZALEZ y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadanos JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ MORALES y AKLIDAY ISABEL FUENMAYOR, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.728.260 y V-14.991.452, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., del segundo (2do.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, a fin de que den contestación a la demanda. Compúlsese el libelo de demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación del demandado.
LA JUEZ TITULAR;
LIZBETH ALVARADO FRIAS.
LA SECRETARIA,
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Se libraron sendas compulsas de citación y se entregaron al Alguacil.
LA SECRETARIA,
Abg. HAIDEE DE MEDINA, Secretaria del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, quien suscribe; CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacta de sus originales, las cuales corren insertas a los folios uno (1) y dos (2), tres (3) y diez (10) del expediente signado con el Nro. 9189, contentivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la ciudadana SALVADORA FAJARI, contra los ciudadanos JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ MORALES y AKLIDAY ISABEL FUENMAYOR, por ante este Tribunal. La presente certificación se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil y con la colaboración del ciudadano WILLIAN ANSUALDE, Asistente de Tribunal, quien conjuntamente conmigo suscribe la presente actuación. Maiquetía, 26 de Febrero de 2003.
LA SECRETARIA;
EL ASISTENTE,
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 26 de Febrero de 2003.
192° y 144
°
SE HACE SABER: Al ciudadano: JOSE GREGORIO HERNANDEZ MORALES, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.728.260 que deberá comparecer por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., del segundo (2do.) día de Despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra y contra la ciudadana AKLIDAY ISABEL FUENMAYOR, que en copia certificada del libelo antecede al presente auto. Dará recibo al ciudadano Alguacil del Tribunal, como prueba de haber sido debidamente citado.
DIOS Y FEDERACION
LIZBETH ALVARADO FRIAS
JUEZ TITULAR
Abg. HAIDEE DE MEDINA, Secretaria del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, quien suscribe; CERTIFICA: Que las copias que anteceden, son traslado fiel y exacta de sus originales, las cuales corren insertas a los folios uno (1) y dos (2), tres (3) y diez (10) del expediente signado con el Nro. 9189, contentivo del juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la ciudadana SALVADORA FAJARI, contra los ciudadanos JOSÉ GREGORIO HERNANDEZ MORALES y AKLIDAY ISABEL FUENMAYOR, por ante este Tribunal. La presente certificación se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil y con la colaboración del ciudadano WILLIAN ANSUALDE, Asistente de Tribunal, quien conjuntamente conmigo suscribe la presente actuación. Maiquetía, 26 de Febrero de 2003.
LA SECRETARIA;
EL ASISTENTE,
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 26 de Febrero de 2003.
192° y 144
°
SE HACE SABER: A la ciudadana: AKLIDAY ISABEL FUENMAYOR, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.991.452, que deberá comparecer por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., del segundo (2do.) día de Despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden , a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra y contra el ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ MORALES, que en copia certificada del libelo antecede al presente auto. Dará recibo al ciudadano Alguacil del Tribunal, como prueba de haber sido debidamente citado.
DIOS Y FEDERACION
LIZBETH ALVARADO FRIAS
JUEZ TITULAR