REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 12 de febrero de 2003.
Años: 192º y 143º

Visto el escrito de estimación e intimación de honorarios profesionales presentado por el Abogado Evelio Escobar, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.226 asistido por el Dr. Jesús Ramón Carrillo, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 46.735, este Tribunal por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley este Tribunal lo admite. En consecuencia se ordena el emplazamiento de la Sociedad Mercantil SEGUROS NUEVO MUNDO S.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 11 de junio de 1956, bajo el N° 32, Tomo 12-A Pro cuyos estatutos y acta constitutiva fueron modificados el 13 de enero de 1999, bajo el N° 9, Tomo 6-A Pro el 31 de mayo de 2001, en la persona de su Representante Legal ciudadano RAFAEL VALENTINO MAESTRI, titular de la cédula de identidad N° E-82.256.739, a los fines de que comparezca ante este Tribunal el primer día (1°) de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, más un (1) día continuo como término de la distancia ello según lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Abogado en conformidad con el artículo 607 del Código de Procedimiento Civil, para que exponga lo que considere pertinente con respecto al escrito que encabeza el presente expediente. Dicha comparecencia deberá ser dentro de las horas de despacho, es decir de 8:30 a.m. a 2:30 p.m. Librese compulsa del escrito de estimación e intimación de honorarios profesionales con el presente su auto a los fines de la citación de la demandada, exhortándose para dicha citación a un Tribunal de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas a quien se ordena remitir exhorto junto con oficio, a los cuales se anexara compulsa.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ,

LA SECRETARIA ACC,

ELENA LARA.
En esta misma fecha se libro exhorto junto con oficio.
LA SECRETARIA ACC,