REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS
Maiquetía, 16 de Julio de 2003
192° y 144°
Vencido como se encuentra el lapso en que correspondía a las partes presentar sus informes en este procedimiento, sin que ninguna de ellas hiciera uso de tal derecho, este Tribunal Superior fija dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la presente fecha, la oportunidad para pronunciar su fallo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ
ABG. IDELFONSO IFILL PINO
EL SECRETARIO
RICHARD C. ZARATE RODRIGUEZ
IIP/LMM/jgmf
EXP. N° 1218
“Prescp. Adquist.”