REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, once (11) de Julio del dos mil tres (2003).-
193 y 144
Instruida como ha sido la presente solicitud, de TITULO SUPLETORIO, presentada personalmente por su firmante, Dr. JUAN CARLOS GARCIA OROPEZA, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.559.112, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil-
A los efectos que curse la presente solicitud en el archivo del Tribunal expídase copia debidamente certificada de la misma de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de los fotostatos se autoriza a la ciudadana MARIA CONCEPCION PEÑA DE BRAVO Auxiliar de Secretaría de este Juzgado, quien conjuntamente con el Secretario certificará las copias ordenadas librar con inclusión del presente auto. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante.-Cúmplase.-
LA JUEZ,
LA AUTORIZADA,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
MARIA C. PEÑA DE BRAVO
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotada bajo el Nro. /03 y se archivó la copia certificada.
EL SECRETARIO,