REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS. -
193 y 144

SOLICITANTES: ANTOINE SAKKAL A. Y HOUDA KHAYAT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cèdulas de identidad Nos. V- 7.993.191 y V- 13.673.658 respectivamente-

ABOGADO ASISTENTE: GEORGES SAKKAL A. Abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 27.544.-

MOTIVO: PARTICION Y LIQUIDACION DE COMUNIDAD CONYUGAL.-

Se iniciò el presente procedimiento mediante escrito de solicitud de PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL, formulada de mutuo acuerdo por los ciudadanos: ANTOINE SAKKAL A. Y HOUDA KHAYAT, debidamente asistidos por el Dr. GEORGES SAKKAL A.-
Narran los solicitantes, que de mutuo y amistoso acuerdo solicitan la partición de los bienes que integran la sociedad conyugal que existió entre ellos y que fue disuelta por sentencia de divorcio dictada por este Juzgado el 26 de Mayo del 2003, y en tal virtud ambos ex-cónyuges de mutuo y amistoso acuerdo procedieron a la partición de la manera siguiente:

ADJUDICACIONES:

A).- A la ciudadana: HOUDA KHAYAT, ya identificada, se le adjudica en pleno y exclusivo dominio y propiedad el inmueble constituido por un apartamento situado en la urbanización Caribe, con frente a la Avenida Sur de la Bahía, Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Distrito Federal, distinguido con el número y letra Cinco Raya B (5-B), situado en la quinta planta de la parte central del edificio en dirección hacia el sur y pertenece al ala A, del Edificio Laguna Suite, tiene una superficie de sesenta y ocho metros cuadrados con cinco decímetros cuadrados (68,05 mts. 2) y sus linderos particulares son: NORTE: Con el apartamento tipo “C” de la planta respectiva, SUR: Con hall del ascensor del ala “A” por donde tiene su acceso, escalera de acceso al piso respectivo y cuarto de basura del ala “A” ESTE: Con fachada Este del edificio y Oeste: Con fachada Oeste del edificio. Dicho inmueble fue adquirido por el ciudadano: SAKKAL A., el 30 de Septiembre del 2002, el cual se encuentra debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Estado Vargas, anotado bajo el No. 22, Protocolo lro., Tomo 10 el cual según lo manifestado por los solicitante en el escrito de solicitud, está justipreciado en la cantidad de SETENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 75.000.000,oo)
B).- Se adjudica a la ciudadana: HOUDA KHAYAT, en plena propiedad el vehículo señalado en el particular Quinto del escrito de Partición de Bienes, cuyas características son las siguientes: Placas: MBJ04R, Serial de Carrocería: ZY3HS336C5XI827525, Serial del Motor: 4 Cil., Marca: CHRYSLER, Modelo: CHRYSLER NEON R. Año: 1999, color: Rojo, clase: Automóvil, Tipo: Sedán, Uso: Particular, cuyo Título de Propiedad fue dado el 24 de Noviembre de 1998, bajo el Certificado de Registro de vehículo emanado del Ministerio de Transporte y Comunicaciones Nº 8Y3HS336C5XI827525-1-, el cual justipreciaron en la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.000,oo).-
C).- El ciudadano: ANTOINE SAKKAL, en diligencia de fecha primero (1ro.) de Julio del 2003, le hizo entrega a la ciudadana: HOUDA KHAYAT de un Cheque de Gerencia Nº. 02018333, contra el Banco Mercantil, por la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000,oo) manifestando en ese mismo acto la ciudadana: HOUDA KHAYAT, estar recibiendo el mismo a su entera y cabal satisfacción.-
Al ciudadano: ANTOINE SAKKAL, en el escrito de solicitud se le adjudicó en pleno y exclusivo dominio y propiedad los bienes siguientes:
I).-El inmueble señalado en el particular PRIMERO del escrito de solicitud, constituido por una casa y sus bienhechurías situada en El Cantón, No. 37, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, siendo sus linderos y medidas los siguientes: NORTE: Con camino público que conduce a Maiquetía que es su frente y mide seis metros (6 mts.), SUR: En seis metros (6 mts.) con terrenos que son o fueron del ciudadano: ADOLFO MAYORA, ESTE: En cuarenta y un metros (41 mts.) con casa que es o fue de FRANCISCO NUEZ, y OESTE: En cuarenta y un metros (41 mts.) con solar que es o fue de FERNANDO RUIZ, dicho inmueble fue registrado en la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Vargas del hoy, Estado Vargas, el 31 de Mayo de 1995, anotado bajo el No. 20, Protocolo Primero, Tomo 12 y el cual los solicitantes justipreciaron en la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000,oo).-
II.- El cincuenta por ciento (50%) de un apartamento ubicado en el primer piso del edificio Residencias “GRAN TERRAZA” distinguido con el Nº 11, situado en la avenida Boulevard, Naiquatá, Urbanización Caraballeda, Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas del Estado Vargas, bloque 39, parcela Nº 12, sus linderos son: NORTE: fachada Norte del Edificio y apartamento Nº 12, SUR: Fachada Sur del Edificio y jardinera, ESTE: Fachada Este del Edificio y OESTE: Parte con el apartamento Nº 12, parte con área de circulación, fosa de ascensor, jardinera y cuarto de basura, dicho inmueble se encuentra debidamente registrado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Vargas del Estado Vargas, en Macuto, el 16 de Mayo de 1998, anotado bajo el Nº 15, Protocolo Primero, tomo 20, justipreciado según la solicitud, en la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,oo) .-
III.-) El cincuenta por ciento (50%) de un inmueble que se refiere a una casa en ruinas, en la calle San Sebastián, Nº 03-05-22-22, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, comprendido dentro de los linderos y medidas siguientes: NORTE: Con el pasaje del Edificio “El Cristo” en una extensión de ocho mts. con sesenta centímetros (8,60 mts.), SUR: que es su frente, la calle San Sebastián, en una extensión de ocho metros con sesenta centímetros (8,60 mts.) ESTE: Con casa que es fue de FRANCISCO PEREZ, en una extensión de cuarenta y nueve metros con treinta centímetros (49, 30 mts.), debidamente registrada ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito de Registro del Municipio Vargas del Estado Vargas, Parroquia Catia La Mar, en fecha 11 de Septiembre de 1997, anotado bajo el Nº 13, Protocolo 1ro. Tomo 20, el cual justipreciaron en la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 50.000.000,oo).-
IV.- Un fondo de Comercio denominado “GRAN BAZAR DEL LITORAL S.R.L.”, ubicado en Iglesia a Silencio, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas, inscrito ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 1ro.de Julio de 1991, justipreciado por los solicitantes en la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 40.000.000,oo).-
V.- Un inmueble ubicado en la Avenida Los Corales, Nº 7, de la Manzana Nº 2, con una superficie de cuatrocientos cincuenta y siete metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (457, 50 mts. 2), sus linderos y medidas son: NORTE: En una extensión de treinta metros con cincuenta centímetros (30,50 mts.) con la parcela 7-B de la Manzana 2, SUR: En una extensión de treinta metros con cincuenta centímetros (30,50 mts.) con la parcela 8 de la Manzana 2. ESTE: En una extensión de quince metros (l5 mts.) con la calle 1, y OESTE: En una extensión de quince metros (15 mts.) con una franja de grama que la separa de la acera de la calzada de la Avenida Los Corales, el referido inmueble se encuentra registrado en la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro Público del Estado Vargas, el día 20 de Agosto de 1999, anotado bajo el No. 16, Protocolo Primero, Tomo II, justipreciado en la solicitud, en TREINTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 30.000.000,oo)
El Tribunal por cuanto dicha Partición de mutuo y amistoso acuerdo entre las partes ampliamente identificadas, no es contraria al orden público, a las buenas costumbres, ní a disposición expresa de la Ley, LA HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto y LE DA FUERZA DE COSA JUZGADA. Y ASI SE DECIDE.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. En Maiquetía, a los dieciséis (16) días del mes de Julio del dos mil tres (2003).-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En la misma fecha del día de hoy se dictó y publicó la anterior decisión siendo las diez de la mañana (10:00 a. m.)
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE