REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.


Maiquetía, 17 de Julio del 2.003
192° y 143°


Visto los escrito de Transacción presentado por los ciudadanos JOSE ANTONIO VILLARROEL, RAMON ARCANGEL CASTRO, CARLOS ALBERTO GARCIA GOMEZ, AMARILIS TORRES SOSA, MARIA BELEN VALERA DE CARRILLO y WILLIAMS ANTONIO SANCHEZ QUIÑONEZ, y por el Profesional del Derecho ANTONIO RAMOS GASPAR, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora. Este Tribunal observa que la misma cumple con los parámetros legales establecidos en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, e igualmente en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, este Juzgado en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, a la Transacción celebrada en el día Ocho (08) de Diciembre del año Dos Mil (2.000), por las partes intervinientes, en el acto antes identificado. CUMPLASE.-
LA JUEZ PROVISORIO,

DRA. VICTORIA VALLÉS BASANTA

EL SECRETARIO ACC.,

HIOMAR REYES.



VVB/HR/lucia*
Expediente N° 10.291.-