REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.


Maiquetía, 17 de Julio del 2.003
192° y 143°


Vista la Consignación efectuada en fecha Cinco (05) de Febrero de Dos Mil Tres (2.003), por el Profesional del Derecho ANDRES J. GRILLO GOMEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la Demandada, PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA YARACUY, la cual corresponde a sus Salarios Caídos, así mismo la profesional del Derecho LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, en fecha Veinticuatro (24) de Marzo del presente año recibe la cantidad de dinero. En consecuencia, se declara terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. CUMPLASE.-
LA JUEZ PROVISORIO,

DRA. VICTORIA VALLÉS BASANTA

EL SECRETARIO ACC.,

HIOMAR REYES.




VVB/HR/lucia*
Expediente N° 10.208.-