REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 17 de Julio de 2.003.
192° y 143°



Por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente, se evidencia que en fecha Veintiséis (26) de Septiembre de Dos Mil Dos (2.002), se practico Embargo Ejecutivo sobre cantidades de dinero propiedad de la Demandada, y en virtud de que en fecha Ocho (08) de Octubre del mismo año, la Profesional del Derecho MARIA DOS SANTOS DE FREITES, en su carácter de Apoderada Judicial del actor, retiró en su totalidad dicha cantidad de dinero. En consecuencia se declara terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente. CUMPLASE.-
LA JUEZ PROVISORIO.,

DRA. VICTORIA VALLES BASANTA
EL SECRETARIO ACC.,

HIOMAR REYES


VVB/HR/lucia*
EXP: 8474.-