DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD al ciudadano JOSÉ MIGUEL TORREALBA OROPEZA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, donde nació el día 11-11-61, de 42 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de MIREYA OROPEZA Y FRANISCO TORREALBA, titular de la cédula de identidad No. V-06.872.021, residenciado en: Avenida Principal de La Armada al lado del Puente La Lucha Catia la Mar, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 2° y 3° del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera aprehendido en fecha 29 de julio del 2003 por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal y relacionado con el artículo 417 del Código Penal referido al delito de lesiones. TERCERO: Decreta LA LIBERTAD, al ciudadano JORGE LUIS CASTILLO HERNANDEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Estado Bolívar, donde nació el día 20-06-55, de 48 años de edad, de profesión u oficio Taxista, hijo de OLGA DE CASTILLO Y MANUEL CASTILLO, titular de la cédula de identidad No. V-04.973.663, residenciado en: El Respiro calle La Brisa casa N° 38-A, Catia la Mar, Estado Vargas, por no estar llenos los extremos del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
En Macuto, 31 de de Julio de 2003
LA JUEZ

DRA. CELESTINA MENDEZ
EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ


Causa N WP01-S-2003-4179