DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de ciudadano NELSON ALEJANDRO BARRETO REYES, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 21-06-85, de 18 años de edad, de profesión u oficio Ayudante de Gandola, hijo de Maria Esperanza Reyes y Nelson Barreto Rodríguez, estado civil soltero, indocumentado, residenciado en: Urbanización Romulo Gallegos La Soublette bloque 12 apartamento B-2, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 2° y 3° del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INMOVILES según lo establecido en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal, en relación al ciudadano CHINEA LEON YORMAN JOSÉ y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTACCIÓN en relación a la ciudadana YOHANA DUBRASCA LESMA según lo establecido en el artículo 408 concatenado con el artículo 80 del Código Penal..
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
En Macuto, a los Nueve (09) días del mes de Julio de 2003
LA JUEZ

DRA. CELESTINA MENDEZ
EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
EL SECRETARIO

ABG. ALEXIS DIAZ


Causa N WP01-S-2003-2772