REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control del Estado Vargas
Macuto, 1 de Julio de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : WJ01-P-2002-000102
ASUNTO : WJ01-P-2002-000102
Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control, la Dra. Elena Barreto, Fiscal Octava del MInisterio Público, a favor del ciudadano Antonio Reyes Rodríguez Vargas, conforme al artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito Trato Cruel, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para considerar que se haya cometido delito alguno, toda vez que en fecha 09/01/02, en el sector La Esperanza, parroquia Carayaca, la niña Blanca Carolina Uzcátegui fue reprendida por su progenitor dentro de los límites permitidos.
Analizada como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano Antonio Reyes Rodríguez Vargas, fundamentada en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, se encuentra procedente y ajustada a Derecho. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano Antonio Reyes Rodríguez Vargas, de conformidad con lo establecido en el numeral 2º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
La Juez de Control
La Secretaria
DRA. PATRICIA SALAZAR LOAIZA
ABG. BELITZA MARCANO
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