REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIÓN DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS.
Macuto, 02 de Julio de 2003
193º y 144º
Juez: Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ.
Fiscal: Dr. JOSÉ CARLOS HERNÁNDEZ, (Fiscal del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.)
Defensa: Dra. MAGALI DÁVILA (Defensor Publico adscrito a este Circuito Judicial).
Imputada: EUGENIA NARCISA QUINTANA SOLÓRZANO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, nacido en fecha 14-10-1977, de 25 años de edad, estado civil soltera hijo de Dora Solórzano (v) y de Alfredo Solórzano (v) titular del titular de la cedula de identidad N ° 14.338.217 y residenciado San Juan, Esquina Garita, con Pepe Alemán, casa sin numero, Caracas.
Secretaria: Abg. MARIA ROA.
CAPITULO III
DISPOSITIVA
En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD A LA CIUDADANA: EUGENIA NARCISA QUINTANA SOLÓRZANO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, nacido en fecha 14-10-1977, de 25 años de edad, estado civil soltera hijo de Dora Solórzano (v) y de Alfredo Solórzano (v) titular del titular de la cedula de identidad N ° 14.338.217 y residenciado San Juan, Esquina Garita, con Pepe Alemán, casa sin numero, Caracas en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF) de Los Teques, Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordando en consecuencia librar los oficios correspondientes, anexo a BOLETA DE ENCARCELACIÓN; y SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, acordando la remisión de las presentes actuaciones al tribunal Unipersonal de Juicio.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ TITULAR
Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ
LA SECRETARIA
Abg. MARIA ROA
En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA
Abg. MARIA ROA
CAUSA N° WPO1-S-2003-002297
|