REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIÓN DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS.


Macuto, 09 de Julio de 2003
193º y 144º



Juez: Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ.

Fiscal: Dr. HUMBERTO RODRÍGUEZ, (Fiscal del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial.)

Defensa: Dr. LUIS BERBESI (Defensor Publico adscrito a este Circuito Judicial).

Imputada: BRENDA FRANCISCA VALLECILLOS VALLECILLOS, quien dijo ser de Nacionalidad Hondureña, Natural de Honduras, nacida en fecha 23-03-1970, de 33 años de edad, estado civil Soltera, hija de Elsa Marina Vallecillos (f) y José Raúl Vallecillo Pérez (f) titular de la cédula de identidad N° E-1803-1970-00087 y residenciada en Colonia Satélite, primera Etapa, bloque 49, casa N° 40, San Pedro, Honduras.

Secretaria: Abg. MARIA ROA.


CAPITULO III
DISPOSITIVA

En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD DE LA CIUDADANA BRENDA FRANCISCA VALLECILLOS VALLECILLOS, quien dijo ser de Nacionalidad Hondureña , Natural de Honduras, nacida en fecha 23-03-1970, de 33 años de edad, estado civil Soltera, hija de Elsa Marina Vallecillos (f) y José Raúl Vallecillo Pérez (f) titular de la cédula de identidad N° E-1803-1970-00087 y residenciada en Colonia Satélite, primera Etapa, bloque 49, casa N° 40, San Pedro, Honduras, en el Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), Estado Miranda, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, acordando en consecuencia librar los oficios correspondientes, anexo a BOLETA DE ENCARCELACIÓN; y SEGUNDO: DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ABREVIADO, de conformidad con lo establecido en el articulo 248 y 373 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, acordando la remisión de las presentes actuaciones al tribunal Unipersonal de Juicio.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente decisión y remítanse las actuaciones en su oportunidad legal.
EL JUEZ TITULAR


Dr. AMBIORIX POLANCO PÉREZ


LA SECRETARIA


Abg. MARIA ESTHER ROA


En esta misma fecha como esta ordenado se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.

LA SECRETARIA


Abg. MARIA ESTHER ROA




CAUSA N° WPO1-S-2003-003005