REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Ejecución del Estado Vargas

Macuto, 23 de Julio de 2003
193º y 144º


ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2001-000018


Compete a este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano BRUNA YUDENSKY HERRERA SANCHEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Barinas, donde nació el 02-09-1972, de 30 años de edad, de estado civil soltera, profesión u oficio del hogar, hija de María Inés de Herrera y Claudio Herrera, con residencia en San Martín, Avenida José Ángel Lamas, Casa N° 2, Caracas, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.840.487, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 105 al 116, sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 11 de julio de 2003, mediante la cual ABSUELVE a la ciudadana BRUNA YUDENSKY HERRERA SANCHEZ, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado, por la comisión del ilícito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, en virtud de que la vindicta pública, solicitará la absolución de dichos cargos, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, con relación al artículo 34 ordinal 13 de la Ley Orgánica del Ministerio Público concatenado con el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, de la mencionada ciudadana y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana BRUNA YUNDESKY HERRERA SANCHEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Barinas, donde nació el 02-09-1972, de 30 años de edad, de estado civil soltera, profesión u oficio del hogar, con residencia en San Martín, Avenida José Ángel Lamas, casa N° 2, Caracas, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.840.487, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 11-07-2003, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar la ciudadana BRUNA YUNDESKY HERRERA SANCHEZ.
EL JUEZ,


DR. JESUS BRAVO VALVERDE

LA SECRETARIA,


ABG. KERINA GUERRERO

JBV/KG/gledys.