REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO SEGUNDO DE MUNIIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Siete (07) de Julio de Dos Mil Tres (2003).-
193º y 145º
Vista la anterior diligencia suscrita por la Dra. MARIA DE FATIMA GONCALVES, abogado en ejercicio de este domicilio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.703, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana: MARIA PEREIRA, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº E- 554637, mediante la cual solicita la Ejecución Forzosa de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en fecha 10-01-2003, el Tribunal lo acuerda. En consecuencia vencido como se encuentra el lapso que le concede la Ley a la parte demandada ciudadano: TEDDY MARTIN RIVAS, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.367.381, para que diera cumplimento voluntario a lo ordenado en la referida sentencia sin que conste en autos su cumplimiento. Este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, decreta la Ejecución Forzosa de dicha Sentencia. En tal virtud, se ordena la entrega del inmueble dado en arrendamiento a la parte demandada construido por una planta baja, distinguido con el Nº 104, ubicado en la Prolongación La Soublete, de la Parroquia Catia La Mar del Estado Vargas, libre de bienes y personas a la parte actora ciudadana: MARIA PEREIRA, ( ya identificada) Compulsese el presente decreto y ofíciese lo conducente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas del Municipio Vargas, a los fines legales pertinentes.- para la elaboración y certificación de los fotostátos será realizada por el secretario de este Tribunal conforme a lo previsto en los artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ TITULAR
DRA ANA TERESA AYALA POLEO
EL SECRETARIO
GAMAL SAI GAMARRA.
En esta misma fecha se libró Despacho, Copia Certificada anexo a oficio Nº 143-03.-
EL SECRETARIO
GAMAL SAI GAMARRA
EXP Nº 640-01.-
ATAP/GG/Silda.-