REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, diecisiete (17) de Junio del dos mil tres (2003).-
193 y 194
Instruida como ha sido la presente solicitud, por cuanto los testigos ciudadanos: ANTONIO JESUS MILLAN RODRIGUEZ Y CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ CONDE, presentados por los ciudadanos: CARMEN MODESTA HERNANDEZ UGUETO Y JESUS RAMON HERNANDEZ UGUETO, manifestaron que los ciudadanos: CARMEN MODESTA HERNANDEZ UGUETO Y JESUS RAMON HERNANDEZ UGUETO, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana que en vida respondiera al nombre de MARIA NATIVIDAD UGUETO DE HERNANDEZ, este tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a la solicitante.
A los efectos que curse la presente solicitud en el archivo del Tribunal, expídase copia debidamente certificada de la misma autorizándose para la elaboración de los fotostatos a la ciudadana: LUISA HERNANDEZ, Asistente ll de este Juzgado, quien conjuntamente con el Secretario suscribirá las copias ordenadas librar con inclusión del presente auto que las acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a los solicitantes. Cúmplase.-
LA JUEZ, EL SECRETARIO,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM LENNYS PINTO I.
LA ASISTENTE II

LUISA HERNANDEZ
En la misma fecha se devuelve a la solicitante el original, constante de trece folios útiles, quedando anotado bajo el nro.323

EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE