REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 10 de Junio de 2.003
192° y 143°


Vista la diligencia que corre inserta al folio Sesenta y Cinco (65) del presente expediente, mediante la cual la Profesional del Derecho FRANCIS ZAPATA, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Actora solicitó la ejecución forzosa de la sentencia en ejecución, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado y en consecuencia se pronuncia de la siguiente manera:

PRIMERO: De conformidad con lo preceptuado en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, se DECRETA la EJECUCION FORZOSA de la Sentencia definitivamente firme dictada por este Juzgado en fecha Treinta (30) de julio de Dos Mil Uno (2.001) en lo que respecta a la continuación de la relación de trabajo sin pago de salarios caídos a favor del accionante, en los términos acordados en la misma.

SEGUNDO: Se Ordena la Notificación de ambas partes que comparezcan ante este Tribunal al Quinto (5to) día de Despacho siguiente al presente auto, a las 10:00 de la mañana, los cuales comenzarán a correr a partir del día siguiente a que conste en autos la última de las Notificaciones de las partes independientemente del orden en que se practiquen, a los fines de que le dé cumplimiento a la Sentencia de fecha Treinta (30) de Julio de Dos Mil Uno (2.001). Líbrense Boletas de Notificación. Cúmplase.

LA JUEZ PROVISORIO,

DRA.VICTORIA VALLES BASANTA
LA SECRETARIA.

ABG. DENIS PALMERO

VVB/DP/lisbest
Exp. N° 9940