REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 06 de Junio de 2003.
193° y 144°

Vista la diligencia que antecede presentada en fecha 02/06/03, por el Abogado PEDRO PLACIDO BALART MIESES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.697, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, en la que manifiesta que por cuanto de las diligencias efectuadas por el Juzgado 5° de Municipio del Area Metropolitana de Caracas, que aún no han llegado a éste Juzgado, se desprende que el domicilio indicado en autos del co-demandado PEDRO RAMOS NOLAZCO, no es el domicilio real del mismo, solicita al Tribunal se dicte un auto complementario y se libre Oficio a la ONIDEX, a fin de que informen el último domicilio del mencionado ciudadano, ahora bien, por cuanto no consta en autos las resultas de la citación en referencia, el Tribunal se abstiene de proveer sobre lo solicitado.

LA JUEZ,


Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.

LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES.



MS/YP/wg.
Exp. N° 5387.