REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 09 de Junio de 2003.
193° y 144°

Visto el escrito de pruebas presentado por la ciudadana: ROSA ILIANA APONTE, Venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-5.574.570, Asistida por la Abogado CAROLINA HERRERA BOZZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°79.602, este Tribunal las admite, salvo su apreciación o no en la definitiva y ordena su evacuación. En consecuencia por lo que respecta al Numeral 1: Téngase por reproducido el mérito favorable de los autos, en lo que favorezca al ciudadano: EDUARDO LUIS GUILLERMO MANRIQUE APONTE, a fin de que surta sus efectos legales; a los Numerales 2 y 3: Téngase por reproducido el merito favorable de los autos, especialmente los informes presentados por los Dres. PEDRO R. CHAVEZ L. y JUAN O. NAVAS A., Médicos Psiquiatra y Psicólogo respectivamente, a fin de que surtan sus efectos legales; a los Numerales 4, 5, 6 y 7: Se fijan las 10:00 a.m., 10:30 a.m., 11:00 a.m. y 11:30 a.m., del quinto (5°) día de Despacho siguiente al de hoy, a fin de que los ciudadanos: NORMA COROMOTO HERNÁNDEZ, GLENDA DEL VALLE DE AULAR, CIRA LEYDA LIENDO BORGES y ERNESTO JOSÉ COROMOTO LEÓN, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.832.293, 8,178.909, 3.727.975 y 4.115.027 respectivamente, ratifiquen sus declaraciones.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,

Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
IRIS FAJARDO.




MS/IF/wg.-
Exp. N° 4973.