REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 09 de Junio de 2003.
193° y 144°

Visto el Convenimiento celebrado en fecha 03 de Junio de 2003, entre las partes: ciudadano: ALEXANDER ANTONIO RAMÍREZ OCHOA, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.162.281, debidamente Asistido por el Dr. JOSÉ MENDOZA CORONADO, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 88.478, en su carácter de parte demandada en el presente juicio, y el Dr. ALIRIO ARTURO GÓMEZ HERNÁNDEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 57.907, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, ciudadano: NÉSTOR RAMÓN ARTEAGA VOLCÁN, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.991.725, el Tribunal, por cuanto el referido Convenimiento no es contrario al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, y el mismo trata sobre derechos disponibles por las partes, le imparte su Homologación en los términos expuestos.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,


Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
IRIS FAJARDO.


MS/IF/wg.
Exp. N° 5592.