REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control del Estado Vargas
Macuto, 5 de Junio de 2003
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2003-000838
ASUNTO : WP01-S-2003-000838
Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por Estupiñan Bausas Carolina a favor de Bernardo Jose Tortoza conforme al artículo 325 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal, y cuya acción penal se ha extinguido debido al tiempo transcurrido desde que fuera individualizada.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano Bernardo Jose Tortoza, fundamentada en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, debido a que ha transcurrido un tiempo mayor al previsto por el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal. Así se decide.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano Bernardo Jose Tortoza, de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
La Juez de Control
La Secretaria
DRA. PATRICIA SALAZAR
ABOG. JUDIHT NIETO
PSL/zg
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