CAPITULO III
DISPOSITIVA


Con base en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admite la solicitud formulada por la Fiscalía Primera del Ministerio Publico del Estado Vargas en cuanto a la aplicación del Procedimiento abreviado de conformidad con el articulo con articulo 373 y 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: declara SIN LUGAR la medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad interpuesta por la fiscalia así como la solicitud de libertad inmediata interpuesta por la defensa y en su lugar se ACUERDA Medida Cautelar Sustitutiva en favor del ciudadano JOSE JESUS JIMENEZ JIMENEZ, Titular de la cédula de identidad N° 17.155.329, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: De nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 20 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Luis Rosario Sojo y Rosa Ramona Jiménez, de profesión u oficio Obrero, residenciado en El Piache, Sector la Colina, Casa S/N, Catia la Mar, Estado Vargas, todo de conformidad con los artículos 243, 244 y ordinales 3, 4 y 9 del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia el prenombrado imputado deberá presentarse cada OCHO (08) DIAS por ante la sede de la Fiscalia Primera del Ministerio Público así como de la Defensoría Pública Penal, tiene prohibición de salir del Ámbito Territorial del Estado Vargas y del Área Metropolitana de Caracas sin autorización expresa del Tribunal y la prohibición de poseer o portar arma de fuego.

Publíquese, regístrese, diarícese y déjense copias de la presente decisión. En Macuto a los VEINTICUATRO (24) días de Junio de 2003. Cúmplase.
EL JUEZ

DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN

EL SECRETARIO

ABG. LUIS GUERRA

En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.

EL SECRETARIO

ABG. LUIS GUERRA

ASUNTO WP01-2003-002042
AOUM/lg