DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA, del ciudadano DOMINGUEZ BRITO NERIO JOSE, Titular de la cédula de identidad N° 16.508.156, de nacionalidad venezolano, natural de la Guaira, de 18 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Estudiante, residenciado en Calle Real de Mirabal, subiendo el Tanque, Catia la Mar, Estado Vargas, detenido en fecha 06-06-2003, todo de conformidad con los articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal por no existir suficientes elementos de convicción en su contra.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjense copias de la presente decisión. En Macuto a los NUEVE (09) días de Junio de 2003. Cúmplase.
EL JUEZ
DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN
EL SECRETARIO
ABG. LUIS GUERRA
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
EL SECRETARIO
ABG. LUIS GUERRA
ASUNTO WP01-2003-001154
AOUM/lg
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