REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
Sección Adolescente
Macuto, 10 de Junio de 2003
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : WY01-D-2002-000012
ASUNTO ANTIGUO 1EA-134-02


Vista el acta de comparecencia ante este Tribunal de fecha 05-06-03, de la ciudadana SABRINA COROMOTO HERNANDEZ CARTAYA, hermana del adolescente Identidad Omitida inserta al folio (15) de la presente pieza (5ta), donde informa que su hermano antes señalado fue capturado por funcionarios de la Policía Metropolitana del Estado Vargas, por cuanto el mismo estaba solicitado por este Tribunal, según Orden de Captura 02-02 de fecha 10-01-03 y el cual se encuentra recluido en el Retén Policial de Macuto; es por lo que este Tribunal, acuerda su traslado a la Casa de Reeducación y Rehabilitación al Recluso la Planta, Caracas, siempre separado de la población adulta, conforme al artículo 641 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente. De igual manera se ordena realizar Nuevo Computo de Detención y Asimismo, con vista a la solicitud que riela al folio (26) suscrita por la Defensa, este Juzgado lo declara extemporáneo, ya que dicha diligencia se realizó en fecha 05-06-03, conforme a lo manifestado por la prenombrada hermana, en acta. Líbrense el traslado, oficios y las notificaciones correspondientes. Cúmplase.
EL JUEZ.

DR. CAMILO CESAR SUPPINI REYES.
LA SECRETARIA.

ABG. MARIA ROA.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA.

ABG. MARIA ROA.

CCSR/MR/elvia