REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía 12 de Junio del año 2003.
193 y 144
Como complemento del auto anterior, y especialmente en lo relativo a la solicitud efectuada por la abogada NAREMI SILVA, relativa a que se ordene el pago de las costas a la parte vencida, este Tribunal para proveer observa:
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que por sentencia dictada en fecha 28 de Enero del año 2003, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, actuando como Alzada de este Despacho, confirmo la sentencia dictada en el presente cuaderno de tercería por este Juzgado en fecha 22 de Abril del año 2002, en la cual se condeno en costas a la parte demandada en tercería por haber resultado vencida.
Ahora bien, el pronunciamiento judicial sobre las costas, confiere al acreedor un derecho de crédito contra el deudor, que se convierte en titulo ejecutivo únicamente cuando se procede a su liquidación. En consecuencia hasta tanto no se de esa liquidación previa a través del procedimiento legal previsto para ello, este Tribunal con respecto a las costas, nada tiene que proveer. Resulta por ende improcedente, la solicitud efectuada relativa a que se ordene el pago de las costas, tal y como fue realizada por la ya identificada abogada. ASI SE ESTABLECE.
Con respecto a la solicitud de levantamiento de las medidas dictadas en el cuaderno principal en fecha 7 de junio de 1994, este Tribunal proveerá por auto separado.
LA JUEZ TITULAR,
LA SECRETARIA,