REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
193° y 144°

Visto el libelo de demanda, así como la diligencia suscrita por el ciudadano HILARIO PERNIA ROA, asistido por el abogado JOSÉ G. FAJARDO, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadanos JAVIER BALZA, ALEXIS ANTONIO BALZA y MARÍA DE LOURDES ANDRADE DIAZ, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.063.503, V-3.971.658 y V-11.064.638, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, en el horario comprendido de 8:30 a.m. a 2:30 p.m., a fin de que den contestación a la demanda incoada en su contra por el ciudadano HILARIO PERNÍA ROA. De conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil, compúlsese el libelo de demanda con la orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación de los demandados.
LA JUEZ TITULAR,

LIZBETH ALVARADO FRIAS.
LA SECRETARIA,


En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Se libraron compulsas de citación y se le entregaron al Alguacil.-
LA SECRETARIA











Abg. HAIDEE DE MEDINA; Secretaria del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas: CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslados fiel, total y exactas de sus originales, las cuales corren insertas a los folios uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4) y dieciocho (18) del expediente N° 9236, contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS, sigue el ciudadano HILARIO PERNÍA ROA contra los ciudadanos JAVIER BALZA, ALEXIS ANTONIO BALZA y MARÍA DE LOURDES ANDRADE DIAZ”. La presente certificación se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil y con la colaboración del ciudadano WILLIAN ANSUALDE, Asistente de Tribunal, quien conjuntamente conmigo suscribe la presente actuación. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
LA SECRETARIA;
LA PERSONA AUITORIZADA,



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
193° y 144°

SE HACE SABER: Al ciudadano: JAVIER BALZA, titular de la cédula de identidad número V-9.063.503, que deberá comparecer por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., dentro de los veinte (20) día de Despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra y contra los ciudadanos ALEXIS ANTONIO BALZA y MARIA DE LOURDES ANDRADE DIAZ, que en copia certificada del libelo antecede al presente auto. Dará recibo al ciudadano Alguacil del Tribunal, como prueba de haber sido debidamente citado.
DIOS Y FEDERACION



LIZBETH ALVARADO FRIAS
JUEZ TITULAR


LAF/HDM/wa.
Exp. N° 9236.






Abg. HAIDEE DE MEDINA; Secretaria del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas: CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslados fiel, total y exactas de sus originales, las cuales corren insertas a los folios uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4) y dieciocho (18) del expediente N° 9236, contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS, sigue el ciudadano HILARIO PERNÍA ROA contra los ciudadanos JAVIER BALZA, ALEXIS ANTONIO BALZA y MARÍA DE LOURDES ANDRADE DIAZ”. La presente certificación se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil y con la colaboración del ciudadano WILLIAN ANSUALDE, Asistente de Tribunal, quien conjuntamente conmigo suscribe la presente actuación. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
LA SECRETARIA;
LA PERSONA AUITORIZADA,



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
193° y 144°

SE HACE SABER: Al ciudadano: ALEXIS ANTONIO BALZA, titular de la cédula de identidad número V-3.971.658, que deberá comparecer por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., dentro de los veinte (20) día de Despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra y contra los ciudadanos JAVIER BALZA y MARIA DE LOURDES ANDRADE DIAZ, que en copia certificada del libelo antecede al presente auto. Dará recibo al ciudadano Alguacil del Tribunal, como prueba de haber sido debidamente citado.
DIOS Y FEDERACION



LIZBETH ALVARADO FRIAS
JUEZ TITULAR


LAF/HDM/wa.
Exp. N° 9236.








Abg. HAIDEE DE MEDINA; Secretaria del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas: CERTIFICA: Que las copias que anteceden son traslados fiel, total y exactas de sus originales, las cuales corren insertas a los folios uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4) y dieciocho (18) del expediente N° 9236, contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS, sigue el ciudadano HILARIO PERNÍA ROA contra los ciudadanos JAVIER BALZA, ALEXIS ANTONIO BALZA y MARÍA DE LOURDES ANDRADE DIAZ”. La presente certificación se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 342 del Código de Procedimiento Civil y con la colaboración del ciudadano WILLIAN ANSUALDE, Asistente de Tribunal, quien conjuntamente conmigo suscribe la presente actuación. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
LA SECRETARIA;
LA PERSONA AUITORIZADA,



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
193° y 144°

SE HACE SABER: Al ciudadano: MARÍA DE LOURDES ANDRADE DIAZ, titular de la cédula de identidad número V-11.064.638, que deberá comparecer por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., dentro de los veinte (20) día de Despacho siguiente, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado la última citación que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra y contra los ciudadanos JAVIER BALZA y ALEXIS ANTONIO BALZA, que en copia certificada del libelo antecede al presente auto. Dará recibo al ciudadano Alguacil del Tribunal, como prueba de haber sido debidamente citado.
DIOS Y FEDERACION



LIZBETH ALVARADO FRIAS
JUEZ TITULAR


LAF/HDM/wa.
Exp. N° 9236.