REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 04 de Junio de 2003.
193° y 144°
Visto el anterior libelo de demanda sin recaudos, désele entrada y anótese en el libro respectivo, fórmese expediente, conforme a lo establecido en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil. Este Juzgado dentro de los tres (3) días de despacho siguientes, que conste en autos la consignación de los recaudos fundamentales de la pretensión, se pronunciará sobre la admisión de la presente demanda, conforme a lo establecido en el artículo 10 eiusdem. Cúmplase
LA JUEZ TITULAR,
LIZBETH ALVARADO FRIAS
LA SECRETARIA,
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el N° 9238.-
LA SECRETARIA,