REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCUON JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, Tres (03) de junio de Dos Mil Tres (2003).-
193º y 145º
Vista la Reconvención propuesta por la parte demandada, ciudadano: CESAR ALEXANDER GARCIA MATA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.059.072, debidamente asistido por la Dra. FRANCIS LOPEZ MARQUEZ, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.347., el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho, y en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 367 del Código de procedimiento Civil, fija al Quinto (5to) día de Despacho siguiente al de hoy, para que la demandante ciudadana: ZELIDETH MORENO TORO, de nacionalidad venezolana,, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 6.467.104, por sí o por medio de su Apoderada judicial dé contestación a la reconvención, formulada por la parte demandada, dentro de las horas de Despacho comprendidas en este Juzgado, desde las 8:30 am., hasta 2:30 pm.-
LA JUEZ.-
DRA. ANA TERESA AYALA POLEO.-
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA
ATAP/GG/Silda.-
Exp. Nº 851-03.-