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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 EN SU NOMBRE
 EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,               MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION  JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.-------------
 
 192°  y  143°
 
 SOLICITANTES: PEGGY MORAISA LEON RIVERO y JOSE RAMON GONZALEZ, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.635.896 y  V-5.578.931 respectivamente.
 
 ABOGADO ASISTENTE: ROSAURA HERNANDEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.49.614
 
 MOTIVO:         DIVORCIO 185-A
 
 EXPEDIENTE  Nro. 8316/03
 
 SENTENCIA:   DEFINITIVA
 
 La Juez que suscribe, Dra. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM, se AVOCA al conocimiento del presente procedimiento.-
 Y por cuanto de autos se evidencia que la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil vigente formulada por los ciudadanos PEGGY MORAISA LEON RIVERO y JOSE RAMON GONZALEZ mayores de edad, de este domicilio y  titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.635.896 y  V-5.578.931 respectivamente, debidamente asistidos por la profesional del derecho  ROSAURA HERNANDEZ abogado en ejercicio inscrito en el  Inpreabogado  bajo el Nro. 49.614, reúne  todo los supuestos y requisitos allí previstos. Y admitida la presente solicitud por auto de fecha veintinueve (29) de enero del año dos mil tres (2003) y notificada como se encuentra la Fiscal Quinta (5ta) del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente y Familia de esta Circunscripción Judicial del Estado Vargas, la misma en fecha  veintiséis (26) de febrero del presente año, diligenció a este Tribunal manifestando que los requisitos exigidos por la Ley se encuentran cumplidas a cabalidad y que se declare con lugar la presente solicitud de Divorcio, es por lo que esta Juzgadora considera procedente el presente procedimiento. Y así se declara.--------------------
 Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circuns   cripción  Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
 PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentada en el Articulo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos PEGGY MORAISA LEON RIVERO y JOSE RAMON GONZALEZ ambas partes identificadas.----------------------------------------------------------
 SEGUNDO: SE DISUELVE EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, contraído en fecha siete (07) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997) por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía,  del Estado Vargas.---------------------------------------
 DISUELVASE  EL  VÍNCULO   MATRIMONIAL.
 PUBLIQUESE  y  REGISTRESE
 
 Dada, firmada y sellada en la  Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas.- En Maiquetía, a los veinticuatro (24) días del mes de  marzo del año dos mil tres (2003).--------------------------------------------------------------------------
 La Juez,
 
 Dra. Evelyna D’Apollo Abraham
 El Secretario,
 
 Lennys Pinto Izaguirre
 
 En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las once de la mañana (11:00) a.m.
 
 El Secretario,
 
 Lennys Pinto Izaguirre
 
 ED’AA/LPI/mfs
 Exp. N° 8316/03
 
 
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