REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 19 de marzo de 2003-
192° y 143

Visto el escrito de pruebas presentado por la parte Demandante, este Tribunal las admite en cuanto lugar a derecho salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto al Capítulo I,: Referente al mérito favorable de los autos, este Tribunal considera que en esta etapa del proceso no hay materia sobre la cual decidir ya que esta será apreciada en la Sentencia definitiva. En cuanto al Capítulo II: Referente a solicitud de exhibición de documentos promovidos, el Tribunal lo admite, salvo su apreciación en la definitiva . Asimismo, fija Acto de Exhibición de Documentos a las 9:00 a.m., al segundo (2do.) día hábil siguiente a que conste en autos el apercibimiento de la parte Demandada, a quien se ordena librar Boleta de Intimación, a los fines de que comparezca a exhibir documentos promovidos por la Actora, conforme al artículo 436 del Código de Procedimiento Civil.
Asimismo, visto el escrito de pruebas presentado por la parte Demandada, este Tribunal las admite en cuanto lugar a derecho salvo su apreciación en la definitiva. En cuanto al Capítulo I: Referente al mérito favorable de los autos, en especial la prescripción alegada en la contestación de la demanda, el Tribunal lo admite salvo su apreciación en la Sentencia definitiva. En cuanto al Capítulo II: Referente a recibo de liquidación de prestaciones sociales que opone la Demandada, suscrito por el Actor, el Tribunal lo admite, salvo su apreciación en la definitiva. LÍBRESE BOLETA DE INTIMACION. CUMPLASE.-
LA JUEZ PROVISORIO,


DRA. VICTORIA VALLES BASANTA.

LA SECRETARIA,

ABG. DENIS PALMERO.

VVB/DP/bp.-
Exp. N° 10949.-