REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 31 de Marzo de 2003.
192° y 144°

Visto el escrito presentado en fecha 18/03/2003, por el ciudadano: NOE SAÚL NAVA CÓRDOBA, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° 3.324.323, Asistido por el abogado MARTÍN JOSÉ GONZÁLEZ NARVÁEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.031, y en virtud de haber sido designada por el Tribunal Supremo de Justicia, como Juez Titular de este juzgado, siendo notificada de dicho cargo en fecha 19 de diciembre de 2001, y juramentada en fecha 20 de Diciembre del mismo año, me declaro competente para conocer del presente juicio de DIVORCIO (185-A del Código Civil), presentado por los ciudadanos: NOE SAÚL NAVA CÓRDOBA y MILAGROS JOSEFINA MARTÍNEZ SULBARAN y por cuanto el presente expediente se encuentra terminado, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inserción en ellas de la diligencia en referencia y del presente auto.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.

En la misma fecha se expidieron las copias certificadas conforme a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES.

MS/YP/wg.
Exp. N° 4561.