DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: acuerda el procedimiento ordinario de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, a los ciudadanos MAIKEL LENIN FALCETTA DEFFITT, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, donde nació el día 12-05-75, de 27 años de edad, de profesión u oficio Chofer, hijo de FRANCISCO FALCETTA Y DEYANIRA DEFFITT, titular de la cédula de identidad No. V-12.638.487, residenciado: avenida San Martín, Quebradita 1, bloque 3, piso 13, apartamento 1305. El Paraíso, teléfono 443-4682. y WILLIANS JOSÉ FIGUERA RUIZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, donde nació el 24-12-83, de 19 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, hijo de WILLIANS FIGUERA Y CARMEN ROSA RUIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.681.444, residenciado en: Avenida San martín, quebradita I, bloque 2, piso 9, apartamento 0904, El Paraíso, Teléfono 442-89-73, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, quienes fueran aprehendidos en fecha 28 de Febrero de 2003,por la presunta comisión del delito de ROBO IMPROPIO previsto y sancionado en el artículo 458, en su primer aparte, del Código Penal. Igualmente se declara sin lugar la solicitud de nulidad requerida por la defensa por no encontrare llenos los supuestos de los Artículos 190 y 191 del Texto Adjetivo Penal
Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión
Maiquetía, 1 de Marzo de 2003
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA

Abg. JUDITH NIETO
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA

Abg. JUDITH NIETO
Causa N° 1C-3244-03