DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento Abreviado contemplado en el ordinal 1° del artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, del ciudadano LUIS ALBERTO NORIEGA MAIZO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, donde nació el día 21-02-76, de 27 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de LUIS ALBERTO NORIEGA Y PAULA MAIZO, titular de la cédula de identidad No. V-12.716.327, residenciado: en Cerro Santana línea Vieja, casa Nª 24, El Rincón, Parroquia Maiquetía, Estado Vargas. de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 1° y 3° del artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera aprehendido en fecha 28 de febrero del 2003 por la presunta comisión de los delitos de HURTO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
Maiquetía, 01 de Marzo de 2003
LA JUEZ
DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
Causa N° 1C-3245-03
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