DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: acuerda el procedimiento ordinario de conformidad con el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al ciudadano EDWIN JESUS GARCIA, titular de la cédula de identidad No. V-16.507.762, quien es de nacionalidad venezolana, natural de LA GUAIRA, donde nació el día 21-12-83, de 19 años de edad, de profesión u oficio Deportista, hijo de RAMON GARCIA y YONEIDA OROCOPEI, residenciado: Los dos Cerritos, Bloque 10 de Marzo, Alcabala Vieja, casa N° 10, Maiquetía, Estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera aprehendido en fecha 01 de Marzo de 2003,por la presunta comisión del delito de . lesiones genéricas, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal.
Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión
Maiquetía, 02 de Marzo de 2003


LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL


DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA

Abg. JUDITH NIETO
En esta misma fecha se dio cumplimiento al auto que antecede.
LA SECRETARIA

Abg. JUDITH NIETO
Causa N° 1C-3248-03