DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad inmediata del ciudadano ELIO HERNANDEZ SALAS, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 07-02-75, de 27 años de edad, de profesión u oficio Chofer de Camiòn, hijo de ELIO HERNANDEZ Y ANA MARIA SALAS, titular de la cédula de identidad No. V-13.020.243, residenciado: La Esperanza, sector Bella Vista, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ
DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
En esta misma se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación que antecede, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad inmediata del ciudadano ELIO HERNANDEZ SALAS, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 07-02-75, de 27 años de edad, de profesión u oficio Chofer de Camiòn, hijo de ELIO HERNANDEZ Y ANA MARIA SALAS, titular de la cédula de identidad No. V-13.020.243, residenciado: La Esperanza, sector Bella Vista, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión.
LA JUEZ
DRA. CELESTINA MENDEZ
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
En esta misma se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
LA SECRETARIA
ABG. JUDITH NIETO
Causa Nº 1C-3332-03
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