REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL
EN FUNCIONES DE CONTROL
EN SU NOMBRE

Maiquetía, 19 de marzo de 2003
192° y 144°

Compete a este Tribunal Segundo de Control, fundamentar el pronunciamiento Judicial con relación a la solicitud efectuada en el acto celebrado en este Despacho, por el DR. JOSE GREGORIO PACHECO, Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público, mediante la cual requirió de este Órgano Jurisdiccional, la Libertad inmediata del Ciudadano FRANKLIN JOSE ARRILLAGA, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 12/08/75, de 27 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión u oficio Obrero, hijo de SALVADOR BOSSI (F) y HAIDEE BOLIVAR, titular de la Cédula de Identidad Número V-16.224.278, residenciado en la calle principal Las Tunitas, casa número 24, frente a la Lotería y el supermercado “Arrecifes”, Catia La Mar, estado Vargas, debidamente asistido en este acto por el Defensor Público Penal, Dr. REYNALDO ARIAS.

DIPOSITIVA

Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano FRANKLIN JOSE ARRILLAGA, por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda la remisión de la presente causa en su estado original al recinto de la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, a los fines de continuar con las investigaciones que amerite la presente causa.

Publíquese, regístrese, diarícese la presente decisión y remítase la causa a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL


DRA. PATRICIA SALAZAR LOAIZA.
EL SECRETARIO


ABG. DOMENICO RUSSO


CAUSA Nº 2C-3660-03.