DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley PRIMERO: DECRETA la LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano JOSE ANTONIO VASQUEZ, Titular de la INDOCUMENTADO, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: De nacionalidad venezolano, nacido, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio desempleado, nacido en fecha 17-08-1983, residenciado en Playa Verde, Calle Jagüey, Casa S/n, Catia la mar, Estado Vargas, hijo de Amparo Vásquez y Ángel Silva, detenido en fecha 27-03-03, toda vez que de la revisión de las actuaciones se evidencia que no existen fundados electos de convicción para estimar al imputado de autos autor o participe del hecho punible que el Representación Fiscal precalifico como POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en le articulo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por cuanto no están llenos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ACUERDA convocar a las partes, para el día 17-04-2003, a las 11:00 am, para la realización de la audiencia de verificación de la Sustancia incauta en el presente Procedimiento, acto para el cual quedan legalmente notificadas.
Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión, en Macuto a los VEINTINUEVE (29) días del Mes de Marzo de 2003.
EL JUEZ
DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN
LA SECRETARIA
ABG. LUIS GUERRA
En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.
EL SECRETARIO
ABG. LUIS GUERRA
Causa N° 5C-3845-03
AOUM/Gl/
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