DISPOSITIVA

Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en función Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano PEDRO ELEAZAR RODRIGUEZ, Titular de la 9.456.790, quien dijo ser y llamarse como queda escrito: De nacionalidad venezolano, nacido en la Río Caribe, Estado Sucre, de 36 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 26-11-1966, hijo de Segundino González y Alberta Rodríguez, residenciado en Calle Principal de Cesar Nieve, Sector las Angustias, frente a la Jefatura Civil, Casa N° 32, Catia la Mar, Estado Vargas, detenido en fecha 03-03-03, por lo presunta comisión del delito que el Representante del Ministerio Publico precalifico como LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 415, por no existir suficientes elementos de convicción en su contra.

Publíquese, regístrese y diarícese la presente decisión, en Maiquetía, a los CINCO (05) días del Mes de Marzo de 2003.

EL JUEZ

DR. ARGENIS O. UTRERA MARIN

LA SECRETARIA

ABG. JUDITH NIETO

En esta misma fecha se da cumplimiento a lo ordenado en auto.

LA SECRETARIA

ABG. JUDITH NIETO

Causa N° 5C-3692-03
AOUM/