REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCION
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 27 de marzo de 2003
192º y 143º


Compete a este Tribunal Segundo de Ejecución emitir pronunciamiento en la presente causa, llevada en contra del ciudadano ROMERO SANTIAGO RONALD RAFAEL en virtud de la solicitud formulada por la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. José Agustín Méndez Urosa”, Dr. Louiseanne Ordaz Carrión.
A los fines de decidir, este Tribunal previamente observa:

Señala la mencionada Directora en oficio dirigido a este Tribunal lo siguiente:

“Me dirijo a usted, en la oportunidad de participarle que el residente ROMERO SANTIAGO RONALD RAFAEL,...se encuentra AUSENTE de esta Unidad Operativa desde el 02 de Septiembre del año en curso...”


Así las cosas se evidencia de la trascripción precedente que el penado ROMERO SANTIAGO RONALD RAFAEL, ha incumplido reiteradamente con las condiciones establecidas en la decisión de este Tribunal de fecha 05-07-02, mediante el cual se le otorgó el beneficio de Régimen Abierto, entre las cuales se le impuso la obligación de pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario que designare la Coordinación Regional No Institucional, Región Capital, como vigilante de la medida alternativa de cumplimiento de pena otorgado.

Por lo tanto, habiéndose determinado en la decisión mediante la cual se concedió el Régimen Abierto al ciudadano ROMERO SANTIAGO RONALD RAFAEL, la obligación expresa de dar fiel cumplimiento a todas y cada una de las condiciones allí establecidas, so pena de la pérdida de la medida otorgada, quien aquí decide considera que al quedar demostrado en autos las faltas en las cuales incurrió el prenombrado ciudadano, que conllevaron a la Directora del Centro de Tratamiento Comunitario “Dr. José Agustín Méndez Urosa”, Dr. Louiseanne Ordaz Carrión, considerarlo como evadido, lo procedente y ajustado a derecho es REVOCAR la medida de Régimen Abierto concedido a favor del mencionado ciudadano, por este Tribunal en fecha 05-07-2002. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, REVOCA la formula alternativa de cumplimiento de pena como es el Régimen Abierto concedido a favor del ciudadano ROMERO SANTIAGO RONALD RAFAEL, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, fecha de nacimiento 30-10-74, de 28 años de edad, soltero, de profesión u oficio comerciante, residenciado en conjunto residencial Paraíso, avenida Washington con puente 9 de dieciembre, Torre B, 3ra. Etapa, piso 1, apartamento 1-13, Caracas, titular de la cédula de identidad No. 11.568.174, de conformidad con el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal
Regístrese, publíquese, diarícese, déjese copia y notifíquese la presente decisión. Librese la correspondiente boleta de encarcelación, remítanse los oficios pertinentes.
LA JUEZ,

YARLENY MARTIN

LA SECRETARIA

ABG. BELITZA MARCANO


Causa N° 2E-707-00