REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA

JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, DIECISIETE (17) DE MARZO DE 2.003.-
192° Y 144°


Con vista al Recurso de Apelación interpuesto en fecha: Trece de Marzo del corriente año, por los ciudadanos. Dres. RAFAEL AGUIN ROJAS y JUANA EVANGELISTA PACHECO, actuando en su carácter de apoderado judicial y abogado asistente de la demandada ciudadana: LUCILA RODRIGUEZ, inscritos respectivamente en el Inpreabogado bajo los N°s 10.156 y 89.028. Este Tribunal, observa:
El Recurso Ordinario de Apelación, es aquél conferido por la Ley al que se siente agraviado por Sentencia, mandato o decisión de un Juez, para que el Superior en orden jerárquico, modifique, enmiende o revoque al acto apelado.- En el presente caso, los diligenciantes no señalaron al Tribunal de manera expresa a que o a cuales actos dictados en esta Instancia, refieren su apelación. En efecto, expusieron textualmente en su diligencia los comparecientes: “.... Vista la Sentencia de Primera Instancia recaída en este Procedimiento y por estar en desacuerdo con los contenidos y decisiones pronunciadas por este Tribunal, expusieron: APELAMOS A TODO EVENTO de tales decisiones, de conformidad con el Artículo 891 del Código de Procedimiento Civil...”. (Sic)(Subrayado nuestro).- En consecuencia de lo antes trascrito, tal inexactitud procesal conlleva a este Juzgado a negar la Apelación interpuesta por los prenombrados apoderado judicial y abogado asistente de la demanda, ciudadana: LUCILA RODRIGUEZ.-
LA JUEZ TITULAR

DRA. ANA TERESA AYALA POLEO
EL SECRETARIO

DR. CARLOS A. BIAGGINI C.
EXP. N° 344-90.-
ATAP/cabc/aqp.-