JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICICIAL DEL ESTADO VARGAS.- CARAYACA, VEINTISEIS (26) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DOS.-
192° Y 144°

El tribunal siendo la oportunidad procesal para dictar Sentencia Definitiva en el Juicio que sigue: Dra. Dulce María Navarro, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.177.246, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.821, actuando en su propio nombre y representación, contra el ciudadano: Jorge Luis Oropeza Garrido, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.189.943, que se sustancia en el Expediente N° 5.607-02, DIFIERE su pronunciamiento para dentro de treinta (30) días siguiente al de hoy (exclusive), de conformidad con el Artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, dada la cantidad de elementos cursantes en autos que requiere un estudio exhaustivo de cada uno de ellos y así garantizar a las partes su derecho sus derechos sin preferencias ni desigualdades; teniendo por norte el estricto cumplimiento a nuestra norma regente como lo es el Artículo 12 Ejusdem.- Cúmplase.-
La Juez Titular
Dra. Ana Teresa Ayala Poleo

El Secretario
Dr. Carlos A. Biaggini C.


EXP. N° 5.607--02


ATAP/cabc/nrr.