REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 24 de marzo de 2.003
192° y 143°
Visto el escrito de pruebas presentado por el Abogado JORGE ENRIQUE ROLO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, este Tribunal con respecto a la prueba de informes, observa:
El artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, dispone:
“Cuando se trate de hechos que consten en documentos, libros, archivos u otros papeles que se hallen en Oficinas Públicas, Bancos, Asociaciones gremiales, Sociedades civiles o mercantiles e instituciones similares, aunque éstas no sean parte en el juicio, el Tribunal, a solicitud de parte, requerirá de ellas informes sobre los hechos litigiosos que aparezcan de dichos instrumentos, o copia de los mismos…”; al respecto el Tribunal observa que el articulo antes trascrito, establece que los informes se requerirán sobre hechos litigiosos, siendo que en el presente caso no forma parte del litigio si la ciudadana Maria T. Boscan Echieto trabajo o no para la parte demandada, razón por la cual se niega la admisión de la prueba de informes por se manifiestamente impertinente.
Con respecto a las demás pruebas promovidas se admiten, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva.
LA JUEZ
ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
LA SECRETARIA ACC.
ELENA LARA.
EXP N° 642-02