REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veintiseis (26) de marzo del dos mil tres (2003).-
192º y 143º
Vista la diligencia suscrita por el Abogado Elio Daniel Mustiola en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, a través de la cual solicita se decrete la ejecución forzosa de la sentencia, toda vez que la parte demandada no dio cumplimiento voluntario; este Tribunal vencido como se encuentra el lapso para que la parte accionada de cumplimiento voluntario a la sentencia definitiva dictada el 31 de octubre de 2002 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta Circunscripción Judicial, se ordena la ejecución forzada de la referida decisión; en consecuencia se decreta la ENTREGA MATERIAL, REAL Y EFECTIVA a la parte actora por parte de la accionada Panaderia y Pasteleria la Flor de Canaima C.A., del inmueble constituido por un local comercial ubicado en el Barrio Canaima, Carretera Vieja Caracas-La Guaira, entrada La Planicie, Estado Vargas. A los fines de la practica de la presente medida se exhorta al Juzgado de Municipio (Distribuidor) Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a quien se faculta para designar los auxiliares de justicia que considere necesarios. Librese exhorto y oficio.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ,

LA SECRETARIA ACC,

ELENA LARA,
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
AL
JUZGADO DE MUNICIPIO (DISTRIBUIDOR) EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Que este Tribunal actuando en el proceso que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara JUAN DE DIOS MAYORA BELLO contra PANADERIA Y PASTELERIA LA FLOR DE CANAIMA C.A., decretó la ENTREGA MATERIAL, REAL Y EFECTIVA a la parte actora por parte de la accionada PANADERIA Y PASTELERIA LA FLOR DE CANAIMA C.A.,del inmueble constituido por un local comercial ubicado en el Barrio Canaima, Carretera Vieja Caracas-La Guaira, entrada La Planicie, Estado Vargas.
Que la parte actora esta representada por el Dr. ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.776.
Que la parte demandada no acredito apoderado judicial en el proceso.
Que una vez sea cumplido por Ud., el presente exhorto se sirva devolverlo a este Tribunal en original junto con sus resultas.
Dado, sellado y firmado en la sala de despacho del Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de Municipio de la Circunscripción judicial del Estado Vargas, a los veintiseis (26) días del mes de marzo del dos mil tres (2003).- Años 192º y 143º.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ

LA SECRETARIA ACC,

ELENA LARA,

Exp.Nº 2606-99

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 26 de marzo de 2003.
192º y 143º
Oficio.Nº__________
CIUDADANA:
JUEZ DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS (DISTRIBUIDOR) DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
SU DESPACHO

Tengo a bien dirigirme a Ud., a los fines de remitir anexo al presente oficio y constante de un (1) folio exhorto del expediente signado con el Nº 2606-99 nomenclatura de este Despacho relativo al proceso que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE incoara JUAN DE DIOS MAYORA BELLO contra PANADERIA Y PASTELERIA LA FLOR DE CANAIMA C.A.
Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ

Anexo lo indicado.
Exp.Nº 2606-99