REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 12 de mayo de 2.003.-
192° y 143 °

En fecha veinte (20) de diciembre de Dos Mil dos (2002), comparecieron por una parte el Abogado JOSE BERNARDO GUEVARA PULGAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.851 en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa demandada ESTIBADORES DEL CARIBE,C.A., y por la otra los ciudadanos: JESUS REYES, FELIPE BERMUDEZ, ARNALDO GONZALEZ, RICHARD RAGA, LUIS GUTIERREZ, MARITZA DEL VALLE MOLINA VILORIA (quien fuera concubina del señor RAFAEL COLINA, quien falleció en fecha 22 de febrero del año 2001, según se evidencia de Acta de Defunción que fuera consignada en autos el 11 de junio de 2002), RAIMOND UGUETO, JOSE DIAZ, JOSE VARGAS, REINALDO GONZALEZ, IGNACIA NINOSKA CAMPOS DE CASTILLO(viuda del señor FRANCISCO CASTILLO, quien falleció el día 18 de marzo de 2002, según se evidencia de Acta de Defunción que fuera consignada en autos en fecha 11 de junio de 2002) EVER LUIS PEREZ M., WILFREDO GONZALEZ, HERNAN CURVELO y OMAR SANCHEZ, todos venezolanos, mayores de edad y de este domicilio, Titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 1.452.587, 4.120.490, 9.996.756, 9.998.160, 4.120.785, 6.465.947, 8.176.614, 1.456.731, 3.892.150, 6.471.296, 5.573.432, 8.176.585, 8.176.654, 6.470.102 y 6.465.811, en su carácter de Demandantes, asistidos en este acto por su Apoderado Judicial, Abogado ERNESTO TORRES MARQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 67.133, a los fines de celebrar y consignar en treinta y tres (33 ) folios útiles y un (01) anexo, Escrito de Transacción en el presente procedimiento, causa N° 10064, debidamente firmado por las partes (Folios 94 al 128), habilitando el tiempo necesario, en el cual la Demandada se denominará en lo sucesivo ESTIBADORES y los Actores denominados LOS DEMANDANTES, señala la referida Transacción que la misma se regirá por las cláusulas siguientes:

“PRIMERA: LOS DEMANDANTES presentaron el 6 de abril de 2000 una demanda contra ESTIBADORES ante el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, quedando signada bajo el expediente N°10.064, en la cual se reclamó el pago de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, para un total de veintitres millones trescientos ochenta y nueve mil doscientos once bolívares con ocho céntimos (Bs.23.389.211,08).

SEGUNDA: LOS DEMANDANTES en su escrito libelar fundamentalmente alegaron:
Que fueron trabajadores al servicio de la Empresa ESTIBADORES DEL CARIBE C.A.., desempeñándose como obreros en forma personal, subordinada e ininterrumpida.
Que fueron despedidos injustificadamente sin que mediara causa legal alguna de las establecidas en el artículo 102 de la Ley Orgánica del Trabajo.

LOS DEMANDANTES particularmente, reclamaron el pago de los siguientes conceptos laborales:

1) JESUS REYES:
Fecha de ingreso: 26-01-93
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 06 Años- 03 Meses- 13 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00Bs.
Conceptos reclamados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.696.160,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 204.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.11.900,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.7.993,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00
El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón cuatrocientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs. 1.455.493,33).

2) FELIPE BERMUDEZ:
Fecha de ingreso: 15-07-94
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 04 Años- 08 Meses- 24 Días
Salario mensual: 110.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.666,67 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.715.337,78
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 550.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 220.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.46.444,44
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.29.333,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.27.500,00
El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón quinientos ochenta y ocho mil seiscientos quince bolívares con cincuenta y cinco céntimos (Bs.1.588.615,55).

3) ARNALDO GONZALEZ:
Fecha de ingreso: 03-08.90
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 08 Años- 08 Meses- 06 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.701.340,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 204.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.41.650,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.33.716,67
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00
El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón quinientos diez y seis mil doscientos seis bolívares con sesenta y siete céntimos (Bs.1.516.206,67).

4) RICHARD RADA:
Fecha de ingreso: 01-01-91
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 08 Años- 03 Meses- 29 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.446.445,56
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 204.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.11.900,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.8.500,00
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00
El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón doscientos seis mil trescientos cuarenta y cinco bolívares con cincuenta y seis céntimos (Bs.1.206.345,56).

5) LUIS GUTIERREZ:
Fecha de ingreso: 08-01-92
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 07 Años- 03 Meses- 01 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.439.521,11
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 204.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.17.850,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.11.900,00
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón doscientos ocho mil setecientos setenta y un bolívar con once céntimos (Bs.1.208.771,11).

6) RAFAEL COLINA:
Fecha de ingreso: 16-07-87
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 11 Años- 08 Meses- 23 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.675.440,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 306.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.47.600,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.38.533,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.12.750,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón quinientos noventa mil trescientos veinte y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs.1.590.323,33).

RAIMOND UGUETO:
Fecha de ingreso: 10-05-88
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 10 Años- 11 Meses- 29 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.678.010,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 306.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.59.500,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.45.333,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón seiscientos veinte y cuatro mil trescientos cuarenta y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs. 1.624.343,33).

7) JOSE DIAZ:
Fecha de ingreso: 12-01-88
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 11 Años- 12 Meses- 27 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.701.340,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 510.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.11.900,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.9.633,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón quinientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs.1.564.373,33).

8) JOSE VARGAS:
Fecha de ingreso: 1-01-88
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 11 Años- 12 Meses- 27 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.701.340,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 306.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.11.900,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.9.633,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón quinientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs.1.564.373,33).

9) REINALDO GONZALEZ:
Fecha de ingreso: 16-07-88
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 10 Años- 08 Meses- 23 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.701.340,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 306.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.47.600,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.38.533,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón seiscientos veinte y ocho mil novecientos setenta y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs.1.628.973,33).

10) FRANCISCO CASTILLO:
Fecha de ingreso: 12-01-88
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 11 Años- 02 Meses- 27 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.701.340,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 306.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.11.900,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.9.633,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón quinientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs.1.564.373,33).

11) EVER LUIS PEREZ M:
Fecha de ingreso: 12-01-88
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 11 Años- 02 Meses- 27 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.701.340,00
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 306.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.11.900,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs.9.633,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón quinientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y tres bolívares con treinta y tres céntimos (Bs.1.564.373,33).

12) WILFREDO GONZALEZ:
Fecha de ingreso: 10-04-91
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 07 Años- 11 Meses- 29 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.428.235,55
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 204.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.56.100,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 34.283,33
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón doscientos cincuenta y ocho mil ciento diez y ocho bolívares con ochenta y ocho céntimos (Bs. 1.258.118,88).

13) HERNAN CURVELO:
Fecha de ingreso: 16-08-91
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 07 Años- 07 Meses- 23 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.445.342,22
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 204.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.41.650,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 27.766,67
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón doscientos cincuenta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho bolívares con ochenta y nueve céntimos (Bs.1.254.258,89).

14) OMAR SANCHEZ:
Fecha de ingreso: 15-10-90
Fecha de egreso: 09-04-99
Tiempo de Servicio: 08 Años- 05 Meses- 24 Días
Salario mensual: 102.000,00 Bs.
Salario Diario: 3.400,00 Bs.
Conceptos demandados:
* Antigüedad (Artículo 108 L.O.T.): Bs.447.548,89
* Indemnización por Despido (Artículo 125 L.O.T.) : Bs. 510.000,00
*Preaviso (Artículo 125 L.O.T): 204.000,00
*Vacaciones Fraccionadas: Bs.29.750,00
*Bono Vacacional Fraccionado: Bs. 22.666,67
*Utilidades Fraccionadas: Bs.25.500,00

El Total general de las Prestaciones Sociales y otros beneficios que demanda, es por la cantidad de un millón doscientos treinta y nueve mil cuatrocientos sesenta y cinco bolívares con cincuenta y seis céntimos (Bs.1.239.465,56).

Adicionalmente LOS DEMANDANTES exigieron el pago de todos los intereses que produzca la cantidad total reclamada desde la fecha de los alegados despidos hasta su definitiva cancelación, de acuerdo con la tasa de interés que fije el Banco Central de Venezuela.

Asimismo solicitaron a este Tribunal acordara la corrección monetaria de acuerdo con los salarios fijados por el Ejecutivo Nacional y que la misma se realizara desde la fecha del alegado despido hasta el efectivo cumplimiento de la obligación.

TERCERA: El Tribunal de la causa, luego de admitida la demanda ordenó la citación del representante de ESTIBADORES.

En fecha 26 de Octubre de 2000 el defensor ad-litem que fuera designado por el Tribunal de la causa consignó escrito oponiendo la cuestión previa de defecto de forma del libelo, conforme lo establecido en el ordinal 6° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.

En fecha 2 de noviembre de 2000 los señores Rafael Colina, Ever Pérez y Omar Sánchez, asistidos por la Abogado Francis Zapata, presentaron escrito relativo a la subsanación de la cuestión previa de defectos de forma contenido en su libelo de demanda del 6 de abril de 2000 y pretendieron incluir en dicha subsanación a todos y cada uno de los restantes demandantes.

En tal sentido, mediante escrito de fecha 14 de noviembre de 2000 el defensor ad-litem solicitó a este Tribunal se pronunciara con respecto a la subsanación voluntaria presentada por los señores Rafael Colina, Ever Pérez y Omar Sánchez y pidió se desestimara el escrito de subsanación voluntaria de cuestiones previas presentado el 2 de noviembre de 2000 en lo que respecta a los señores Jesús Reyes, Felipe Bermúdez, Arnaldo González, Richard Rafa, Luis Gutierrez, Amado Santana, Raimond Ugueto, José Díaz, José Vargas, Reinaldo González, Francisco Castillo, Wilfredo González y Hernán Curvelo, ya que los mismos no habían firmado el mencionado escrito.

CUARTA: ESTIBADORES rechaza en todas y cada una de sus partes lo alegado por los DEMANDANTES; y de manera particular ESTIBADORES señala lo siguiente:
1) Que entre ESTIBADORES y LOS DEMANDANTES no existió relación de trabajo alguna, ya que no hubo los tres (3) elementos característicos de la misma: subordinación, remuneración y prestación de servicios. Por lo tanto, en ningún caso podría haberlos despedido injustificadamente, como se alega en el libelo; ni les adeuda ninguna cantidad de dinero a LOS DEMANDANTES por ningún concepto laboral ni de ninguna otra naturaleza.
2) Que ESTIBADORES con motivo de la supuesta relación laboral entre las partes le deba pagar a LOS DEMANDANTES o ser condenado a pagar las sumas reclamadas por los conceptos y cálculos que LOS DEMANDANTES discriminaron en su libelo de demanda.
3) Que deba acordarse a LOS DEMANDANTES corrección monetaria por la pérdida del valor adquisitivo de la moneda, ni intereses de mora de ninguna naturaleza.

QUINTA: Las partes han convenido, no obstante las divergencias antes señaladas, en celebrar el arreglo amistoso contenido en el presente documento, para transigir todas las diferencias existentes y de esta manera poner fin a la demanda instaurada por LOS DEMANDANTES contra ESTIBADORES. De acuerdo con los términos de este arreglo, ESTIBADORES acepta pagar a LOS DEMANDANTES la suma única y definitiva de trece millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos noventa y nueve bolívares con setenta y nueve céntimos (Bs. 13.446.299,79), para cubrir todos y cada uno de los conceptos que se especifican en el libelo, conforme lo discriminado en la cláusula sexta.
SEXTA: El pago de la cantidad de trece millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos noventa y nueve bolívares con setenta y nueve céntimos (Bs. 13.446.299,79) se distribuirá de la siguiente manera:

1) JESUS REYES
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 696.160,00 478.312,00 58.477,44 428.834,56
Indemnización
por despido
510.000,00
357.000,00
42.840,00
314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
204.000,00
142.800,00
17.136,00
125.664,00
Vacaciones fraccionadas 11.900,00 8.330,00 999,60 7.330,40
Bono Vacacional fraccionado
7.993,33
5.553,33
666,39
4.886,93
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,00 2.142,00 15.708,00
Total 1.455.493,33 1.018.845,33 122.261,43 896.583,89


2) FELIPE BERMUDEZ
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 715.337,78 500.736,44 60.088,37 440.648,05
Indemnización
por despido 550.000,00 385.000,00 46.200,00 338.800,00
Indemnización sustitutiva del preaviso 20.000,00 154.000,00 18.480,00 135.520,00
Vacaciones fraccionadas 46.444,44 32.511,10 3.901,33 28.609,76
Bono Vacacional fraccionado
29.333,33
20.533,33
2.463,99
18.069,33
Utilidades fraccionadas 27.500,00 19.250,00 2.310,00 16.940,00
Total 1.588.615,55 1.112.030,8 133.443,70 978.587,17

3) ARNALDO GONZALEZ
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 701.340,00 490.938,00 58.912,56 432.025,44
Indemnización
por despido
510.000,00
357.000,00
42.840,00
314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
204.000,00
142.800,00
17.136,00
125.664,00
Vacaciones fraccionadas
41.650,00
29.155,00
3.948,60
25.656,40
Bono Vacacional fraccionado
33.716,67
23.601,66
2.832,19
20.769,46
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,00 2.142,00 15.708,00
Total 1.516.206,67 1.061.344,66 127.361,35 933.983,30


4) RICHARD RADA
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 446.445,56 312.511,89 37.501,42 275.010,46
Indemnización
por despido 510.000,00 357.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del
Preaviso

204.000,00
142.800,00
17.136,00
125.664,00
Vacaciones fraccionadas
11.900,00
8.330,00
999,60
7.330,40
Bono Vacacional fraccionado
8.500,00
5.950,00
714,00
5.236,00
Utilidades fraccionadas
25.500,00
17.850,00
2.142,00
15.708,00
Total 1.206.345,56 844.441,89 101.333,02 743.108,86


5) LUIS GUTIERREZ
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 439.521,11 307.664,77 36.919,77 270.744,99
Indemnización
por despido
510.000,00
357.000,00
42.840,00
314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
204.000,00
124.800,00
17.136,00
125.664,00
Vacaciones fraccionadas 17.850,00 12.495,00 1.499,40 10.995,60
Bono Vacacional fraccionado
11.900,00
8.330,00
999,60
7.330,40
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,00 2.142,00 15.708,00
Total 1.208.771,11 86.139,77 101.536,77 744.602,99


6) RAFAEL COLINA
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 675.440,00 472.808,00 56.736,96 416.071,04
Indemnización
por despido 510.000,00 375.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
306.000,00
214.200,00
25.704,00
188.496,00
Vacaciones fraccionadas 47.600,00 33.320,00 3.998,40 29.321,60
Bono Vacacional fraccionado
38.533,33
26.973,33
3.236,79
23.736,53
Utilidades fraccionadas 12.750,00 8.925,00 1.071,00 7.854,00
Total 1.590.323,33 1.113.226,33 133.587,15 979.639,17

7) RAIMOND UGUETO
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 678.010,00 474.607,00 56.925,84 417.654,16
Indemnización
por despido 510.000,00 375.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
306.000,00
214.200,00
25.704,00
188.496,00
Vacaciones fraccionadas 59.500,00 41.650,00 4.998,00 36.652,33
Bono Vacacional fraccionado
45.333,33
31.733,33
3.807,99
27.925,33
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,00 2.142,00 15.708,00
Total 1.624.343,33 1.137.040,33 136.444,83 1.000.595,49


8) JOSE DIAZ
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 701.340,00 490.938,00 58.912,56 432.025,44
Indemnización
por despido 510.000,00 375.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
306.000,00
214.200,00
25.704,00
188.496,00
Vacaciones fraccionadas 11.900,00 8.330,00 999,60 7.330,40
Bono Vacacional fraccionado
9.633,3
6.743,33
809,19
5.934,13
Utilidades fraccionadas
25.500,00
17.850,00
2.142,00
15.708,00
Total 1.564.373,33 1.095.061,33 131.407,35 963.653,97


9) JOSE VARGAS
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 701.340,00 490.938,00 58.912,56 432.025,44
Indemnización
por despido
510.000,00
375.000,00
42.840,00
314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
306.000,00
214.200,00
25.704,00
188.496,00
Vacaciones fraccionadas 11.900,00 8.330,00 999,60 7.330,40
Bono Vacacional fraccionado
9.633,3
6.743,33
809,19
5.934,13
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,00 2.142,00 15.708,00
Total 1.564.373,33 1.095.061,33 131.407,35 963.653,97

10) REINALDO GONZALEZ

CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 701.340,00 490.938,00 58.912,56 432.025,44
Indemnización
por despido 510.000,00 375.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
306.000,00
214.200,00
25.704,00
188.496,00
Vacaciones fraccionadas 47.600,00 33.320,00 3.998,40 29.321,60
Bono Vacacional fraccionado
38.533,33
26.973,33
3.236,79
23.736,53
Utilidades fraccionadas

25.500,00
17.850,00
2.142,00
15.708,00
TOTAL 1.628.973,33 1.140.281.33 136.833,75 1.003.447,57


11) FRANCISCO CASTILLO
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 701.340,00 490.938,00 58.912,56 432.025,44
Indemnización
por despido
510.000,00
375.000,00
42.840,00
314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
306.00,00
214.200,00
25.704,00
188.496,00
Vacaciones fraccionadas 11.900,00 8.330,00 999,60 7.330,40
Bono Vacacional fraccionado
9.633,33
6.743,33
809,19
5.934,13
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,00 2.142,00 15.708,00
Total 1.564.373,33 1.095.061,33 131.407,35 963.653,97


12) EVER LUIS PEREZ
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 701.340,00 490.938,00 58.912,56 432.025,44
Indemnización
por despido 510.000,00 375.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso 306.00,00 214.200,00
25.704,00 188.496,00
Vacaciones fraccionadas 11.900,00 8.330,00 999,60 7.330,40
Bono Vacacional fraccionado 9.633,33 6.743,33 809,19 5.934,13
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,00 2.142,00 15.708,00
Total 1.564.373,33 1.095.061,33 131.407,35 963.653,97


13) WILFREDO GONZALEZ
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 428.235,55 299.764,88 35.971,78 263.793,09
Indemnización
por despido
510.000,00
375.000,00
42.840,00
314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso
204.000,00
142.800,00
17.136,00
125.664,00
Vacaciones fraccionadas 56.100,00 39.270,00 4.712,40 34.557,60
Bono Vacacional fraccionado
34.283,33
23.928,33
2.879,79
21.118,53
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,50 2.142,00 15.708,00
Total 1.258.118,80 880.683,21 105.681,98 775.001,22


14) HERNAN CURVELO
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 445.342,22 311.739,55 37.408,74 274.330,80
Indemnización
por despido 510.000,00 375.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso 204.000,00 142.800,00 17.136,00 125.664,00
Vacaciones fraccionadas 41.650,00 29.155,00 3.498,60 25.656,40
Bono Vacacional fraccionado
27.766,67
19.436,66
2.332,39 17.104,26
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,50 2.142,00 15.708,00
Total 1.254.258,89 877.981,22 105.357,74 772.623,47


15) OMAR SANCHEZ
CONCEPTOS MONTO
DEMANDADO 70% DEL
MONTO 12% DEL
MONTO TOTAL A
COBRAR
Antiguedad 447.548,89 313.284,22 37.594,10 275.690,11
Indemnización
por despido 510.000,00 375.000,00 42.840,00 314.160,00
Indemnización sustitutiva del preaviso 204.000,00 142.800,00 17.136,00 125.664,00
Vacaciones fraccionadas 29.750,00 20.825,00 2.499,00 18.326,00
Bono Vacacional fraccionado
22.500,00
51.866,66
1.903,39
13.962,66
Utilidades fraccionadas 25.500,00 17.850,50 2.142,00 15.708,00
Total 1.239.465,56 877.255,89 104.115,10 763.510,78


De acuerdo con las bases de este arreglo y las especificaciones contenidas en los cuadros anteriormente expuestos, ESTIBADORES acepta pagar a LOS DEMANDANTES las sumas que a continuación se señalan:

1) La cantidad de ochocientos noventa y seis mil quinientos ochenta y tres bolívares con ochenta y nueve céntimos (Bs.896.583,89) a favor del señor JESUS REYES.
2) La cantidad de novecientos setenta y ocho mil quinientos ochenta y siete bolívares con diecisiete céntimos (Bs.978.587,17) a favor del señor FELIPE BERMUDEZ.
3) La cantidad de novecientos treinta y tres mil novecientos ochenta y tres bolívares con treinta céntimos (Bs.933.983,30) a favor del señor ARNALDO GONZALEZ.
4) La cantidad de setecientos cuarenta y tres mil ciento ocho bolívares con ochenta y seis céntimos (Bs.743.108,86) a favor del señor RICHARD RADA.
5) La cantidad de setecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos dos bolívares con noventa y nueve céntimos (Bs.744.602,99) a favor del señor LUIS GUTIERREZ.
6) La cantidad de novecientos setenta y nueve mil setecientos treinta y nueve bolívares con diecisiete céntimos (Bs.979.639,17) a favor de la señora MARITZA DEL VALLE MOLINA VILORIA, quién fuera concubina del señor Rafael Colina, ya identificada.
7) La cantidad de un millón quinientos noventa y cinco bolívares con cuarenta y nueve céntimos (Bs. 1.000595,49) a favor del señor RAIMOND UGUETO.
8) La cantidad de novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres bolívares con noventa y siete céntimos (Bs. 963.653,97) a favor del señor JOSE DIAZ.
9) La cantidad de novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres bolívares con noventa y siete céntimos (Bs.963.653,97) a favor del señor JOSE VARGAS.
10) La cantidad de un millón tres mil cuatrocientos cuarenta y siete bolívares con cincuenta y siete céntimos (Bs.1.003.447,57) a favor del señor REINALDO GONZALEZ.
11) La cantidad de novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres bolívares con noventa y siete céntimos (Bs.963.653,97) a favor de la señora IGNACIA NINOSKA CAMPOS DE CASTILLO, viuda del señor Francisco Castillo, ya identificada.
12) La cantidad de novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres bolívares con noventa y siete céntimos (Bs.963.653,97) a favor del señor EVER LUIS PEREZ.
13) La cantidad de setecientos setenta y cinco mil y un bolívar con veinte y dos céntimos (Bs.775.001,22) a favor del señor WILFREDO GONZALEZ.
14) La cantidad de setecientos setenta y dos mil seiscientos veinte y tres bolívares con cuarenta y siete céntimos (Bs.772.623,47) a favor del señor HERNAN CURVELO.
15) La cantidad de setecientos sesenta y tres mil quinientos diez bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs.763.510,78) a favor del señor OMAR SANCHEZ.

Además de las cantidades de dinero antes señaladas, ESTIBADORES ha convenido con LOS DEMANDANTES en emitir a nombre del abogado ERNESTO TORRES MARQUEZ, quien es apoderado judicial de LOS DEMANDANTES en este juicio, la cantidad de un millón ochocientos treinta y tres mil quinientos ochenta y seis bolívares con veintidós céntimos (Bs.1.833.586,22) por concepto de honorarios profesionales.

En consecuencia, el monto de la transacción acordada entre las partes asciende a un total de quince millones doscientos setenta y nueve mil ochocientos ochenta y seis bolívares con un céntimo (Bs.15.279.886,01) de los cuales ESTIBADORES cancela a LOS DEMANDANTES trece millones cuatrocientos cuarenta y seis mil doscientos noventa y nueve bolívares con setenta y nueve céntimos (Bs.13.446.299,79) mediante cheques a nombre de cada uno de ellos, según las especificaciones señaladas en esta cláusula y la cantidad restante de un millón ochocientos treinta y tres mil quinientos ochenta y seis bolívares con veintidós céntimos (Bs.1.833.586,22) mediante cheque a nombre del abogado ERNESTO TORRES MARQUEZ de conformidad con los términos anteriormente expuestos.

SEPTIMA: Las partes expresan su total conformidad con los términos de la presente transacción, bajo el entendido que cualquier cantidad en menos o más queda bonificada a la parte beneficiada por la vía transaccional aquí escogida. En consecuencia, LOS DEMANDANTES convienen en que ESTIBADORES nada queda a deberles por ningún concepto, pués la transacción efectuada por la suma de quince millones doscientos setenta y nueve mil ochocientos ochenta y seis bolívares con un céntimo (Bs.15.279.886,01) incluye la cancelación proporcional de cualesquiera derechos, tanto legales como contractuales, que pudieran ser adeudados a los DEMANDANTES por la totalidad del tiempo de servicios que LOS DEMANDANTES alegan prestaron a ESTIBADORES, además de lo comprendido en esta transacción, por cualquier causa.

OCTAVA: Los señores JESUS REYEZ, FELIPE BERMUDEZ, ARNALDO GONZALEZ, RICHARD RAGA, LUIS GUTIERREZ, MARITZA DEL VALLE MOLINA VILORIA, RAIMOND UGUETO, JOSE DIAZ, JOSE VARGAS, REINALDO GONZALEZ, IGNACIA NINOSKA AMPOS DE CASTILLO, EVER LUIS PEREZ M., WILFREDO GONZALEZ, HERNAN CURVELO Y OMAR SANCHEZ, ya identificados, declaran que reciben en este acto a su entera y cabal satisfacción las cantidades de ochocientos noventa y seis mil quinientos y tres bolívares con ochenta y nueve céntimos (Bs.896.583,89), novecientos s setenta y ocho mil quinientos ochenta y siete bolívares con diecisiete céntimos (Bs.978.587,17), novecientos treinta y tres mil novecientos ochenta y tres bolívares con treinta céntimos (Bs.933.983,30), setecientos cuarenta y tres mil ciento ocho bolívares con ochenta y seis céntimos (Bs.743.108,86), setecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos dos bolívares con diecisiete céntimos (Bs.979.639,17), un millón quinientos noventa y cinco bolívares con cuarenta y nueve céntimos (Bs.1.000.595,49), novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres bolívares con noventa y siete céntimos (Bs.963.653,97), novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres bolívares con noventa y siete céntimos (Bs.963.653,97), un millón tres mil cuatrocientos cuarenta y siete bolívares con cincuenta y siete céntimos (Bs.1.003.447,57), novecientos sesenta y tres mil seiscientos cincuenta y tres bolívares con noventa y siete céntimos (Bs.963.653,97), setecientos setenta y cinco mil y un bolívar con veinte y dos céntimos (Bs.775.001,22), setecientos setenta y dos mil seiscientos veintitrés bolívares con cuarenta y siete céntimos (Bs.772.623,47) y setecientos sesenta y tres mil quinientos diez bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 763.510,78), respectivamente. Igualmente, el doctor ERNESTO TORRES MARQUEZ, declara recibir en este acto a su entera satisfacción la cantidad de un millón ochocientos treinta y tres mil quinientos ochenta y seis bolívares con veinte y dos céntimos (Bs.1.833.586,22).

NOVENA: ESTIBADORES Y LOS DEMANDANTES, con base a lo expuesto en este convenio y en razón del arreglo amistoso al cual han llegado, dan por terminado el juicio que LOS DEMANDANTES intentaron contra ESTIBADORES el 6 de abril de 2000 ante el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, expediente N° 10.064. A tal efecto, las partes consignan un ejemplar de esta transacción ante este Tribunal, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 255 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por lo cual solicitan que el ciudadano Juez Homologue la transacción celebrada y consecuentemente ordene el archivo del expediente, puesto que el juicio ha quedado definitivamente concluído.

DECIMA: Las partes convienen en reconocer a la presente transacción la fuerza de la cosa juzgada de conformidad con los artículos 1.718 del Código Civil, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su Reglamento. Igualmente convienen ambas partes en que las costas y demás gastos en los cuales cada una haya incurrido con motivo de la reclamación que dan por terminada con la presente transacción, corren por cuenta de cada una.
Las partes solicitan la expedición de dos (02) copias certificadas de la diligencia con la cual se consigna el presente escrito, de éste último y del auto que provea la homologación y la expedición de las copias certificadas.

UNDECIMA: Se elige a la ciudad de Maiquetía, como domicilio especial para todos los efectos derivados de este convenio”.
Al respecto, observa este Juzgado partiendo de la buena fé de las partes en cuanto a los ciudadanos fallecidos, según fue señalado en el preámbulo del Escrito de Transacción y de conformidad con lo establecido en los artículos 108 Parágrafo Tercero, 568, 569 y 570 de la Ley Orgánica del Trabajo, que las ciudadanas: Maritza del Valle Molina Viloria, en su carácter de concubina del fallecido Rafael Colina e Ignacia Ninoska Campos de Castillo, en su carácter de viuda del fallecido Francisco Castillo, poseen la cualidad como Demandantes en el juicio y las mismas por dicha condición forman parte en la presente transacción . ASI SE ESTABLECE.-
Igualmente, observa este Juzgado, que la Transacción fué presentada por escrito, debidamente firmado por las partes, alegando circunstancias de hechos y derechos establecidos, estando presente el apoderado Judicial de la Empresa demandada, los trabajadores, las ciudadanas concubina y viuda de los trabajadores fallecidos y su Apoderado Judicial, todos anteriormente identificados, quienes reciben conforme en este acto las cantidades de dinero acordadas en la Transacción, en consecuencia en base a tales hechos este Juzgado considera que los trabajadores actuaron libre de constreñimiento, es decir en forma voluntaria y por consiguiente, que aceptaron la Transacción antes indicada.-
Por las razones antes expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, HOMOLOGA dicha Transacción por estar ajustada a derecho, a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada, conforme a lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil y 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En consecuencia se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. ASI SE ESTABLECE.-

Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los doce (12) días del mes de mayo de Dos Mil Tres (2.003).-
LA JUEZ PROVISORIO,


VICTORIA VALLES BASANTA.


LA SECRETARIA,

DENIS PALMERO.



En esta misma fecha, doce (12) de mayo de dos mil tres (2003), siendo las 2:00 p.m., se publicó y registró la anterior decisión.-


LA SECRETARIA,

DENIS PALMERO.













VVB/DP/bp.-
Exp: N° 10.064.-