REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 19 de Mayo del 2003
192° Y 141°
Visto el anterior libelo de demanda y los recaudos que lo acompañan, presentado por el Profesionales del Derecho WISTON CESAR ROJAS CASTRO, en su carácter de Abogado Asistente del Ciudadano: ALI JOSE FERNANDEZ, el Tribunal las admite en cuanto ha lugar a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres ni alguna disposición expresa de la Ley, anótese en el Libro de causas correspondiente bajo el N° 11.428, llevado por este Juzgado. Emplácese a la demandada ZAPATERIA STARKI, C.A Y GRUPO STARKI, C.A., en la persona del Ciudadano: SARKI WADITH ANTONIOS, en su carácter de GERENTE, o en la persona del ciudadano: HANNA ANTONIOS SARKI, en su carácter de GERENTE GENERAL, de la firma ZAPATERIA STARKI, C.A. como del GRUPO STARKI, C.A., a fin de que comparezca por ante este Juzgado al Tercer (3er) DIA DE DESPACHO siguiente a su citación dentro de las horas comprendidas entre las 8:30 a.m., a 2:30 p.m., a dar contestación a la demanda. A los fines de librar la Compulsa de Ley que se entregará al Alguacil encargado de practicar la citación, se ordena por Secretaría expedir copias certificadas del libelo de la demanda, con su orden de comparecencia al pie emanada de este Tribunal,. LÍBRESE BOLETA DE CITACION, ORDEN DE COMPARECENCIA Y EXPIDANCE COPIAS CERTIFICADAS..
LA JUEZ PROVISORIO,

DRA. VICTORIA VALLÉS BASANTA.

LA SECRETARIA,


DENIS PALERO LUJAN.

En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

LA SECRETARIA,


DENIS PALERO LUJAN.



VVB/DPL/Rafael C.
Expediente N° 11.428.-